Desde el pasado 1 de abril ha dado comienzo la campaña de la Renta para declarar todas las operaciones de 2019. Según establece el ministerio de Hacienda aquellas personas con un único pagador que superen los 22.000 euros están obligados a hacerla y los que cuenten con más de un pagador deberán hacerla a partir […]
Desde el pasado 1 de abril ha dado comienzo la campaña de la Renta para declarar todas las operaciones de 2019. Según establece el ministerio de Hacienda aquellas personas con un único pagador que superen los 22.000 euros están obligados a hacerla y los que cuenten con más de un pagador deberán hacerla a partir de los 12.000 euros anuales. En cualquier caso, para aquellos que estén por debajo de esos límites pueden presentarla de manera voluntaria.
Declaración de inversiones
Una de las grandes dudas que surgen cuando llega esta época del año es cómo se debe declarar las inversiones. Lo cierto es que la fiscalidad es muy distinta en función de cada producto. Por ejemplo, hay grandes diferencias tributarias entre los planes de pensiones y los fondos de inversión. Pero no son los dos únicos activos financieros que hay que declarar.
Planes de pensiones
Los planes permiten reducir la base imponible del IRPF y esto se traduce en un ahorro notable a la hora de pagar impuestos cuando se hacen aportaciones, que pueden ser de hasta 8.000 euros al año. Esto significa que el beneficio fiscal puede ser de un máximo de 8.000 euros o del 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas. De igual manera hay que tener claro que hay 5 tramos del IRPF y que en función de la renta total se tributa por un tipo u otro. El mínimo es del 19% para aquellos que ganen menos de 12.450 euros al año y el máximo es del 45% para los que ganen más de 60.000 euros. Pero esto no significa que toda la renta cotice por un tramo, ya que, si se ganan 35.000 euros al año, los primeros 12.450 cotizan por el 19%, hasta los 20.200 por el 24% y el resto por el 30%.
Por tanto, para alguien que gane entre 20.200 euros anuales y 35.200 y que, al mismo tiempo, aportase 8.000 euros a su plan de pensiones, obtendría un ahorro fiscal de 2.400€ en la renta. Mientras que para alguien que gane más de 60.000 euros al año con la misma aportación se ahorraría 3.600 euros.
A la hora de rescatar un plan de pensiones, los tramos del IRPF son los mismos, ya que el rescate tributa como rentas. Si se ha optado por cobrar el plan mensualmente, en la declaración se incluye como rentas y aumentan los impuestos a pagar. Por tanto, cuando se aporta dinero al plan, se produce un ahorro fiscal, pero cuando se rescata se debe pagar por ello en el IRPF.
Fondos de inversión
Para los fondos de inversión la fiscalidad es más sencilla, ya que solo se tributa por ellos cuando se retira dinero de ellos. Hacienda calcula el precio de compra, el precio de venta los gatos asociados (comisiones) y una vez que se ha obtenido el beneficio neto se aplica una tributación de entre el 19% y el 23% en función de los beneficios. Aunque, esto se hace manera automática cuando se solicita un reembolso, en la declaración solo habrá que informar del resultado de esa operación.
En el caso de tener acciones o ETFs, la fiscalidad es la misma que para los fondos de inversión. Solo se tributa por los beneficios y se paga a Hacienda en el momento en el que se produce el reembolso. En la declaración, debe constar a modo informativo.