La sentencia del Tribunal Supremo posibilita las reclamaciones de más de dos millones de personas que usan las tarjetas revolving. La Justicia valoraba si esta modalidad de tarjetas de crédito conllevaba usura, al establecer intereses superiores a los créditos al consumo habituales. En concreto, el Supremo ha analizado un recurso de casación interpuesto por WiZink, […]
NacionalDirigentes Digital
| 26 feb 2020
La sentencia del Tribunal Supremo posibilita las reclamaciones de más de dos millones de personas que usan las tarjetas revolving. La Justicia valoraba si esta modalidad de tarjetas de crédito conllevaba usura, al establecer intereses superiores a los créditos al consumo habituales.
En concreto, el Supremo ha analizado un recurso de casación interpuesto por WiZink, una compañía que ha sido condenada en “decenas de ocasiones”, tal y como explica ADICAE, por estas tarjetas. De este modo, se consigue establecer jurisprudencia, tras la importante disparidad de criterio que las diferentes audiencias provinciales han demostrado hasta ahora: 31 audiencias defienden al consumidor, frente a 12 que resuelven a favor de las entidades bancarias.
El Tribunal Supremo cree que este tipo de créditos están por encima de lo que podría considerarse usura: “la Sala tiene en cuenta que el tipo medio del que se parte para realizar la comparación, algo superior al 20% anual, es ya muy elevado”. En el caso de la tarjeta de WiZink, el interés se situaba en el 27,24% a fecha de la presentación de la demanda.
En esa línea, la Justicia afirma que “no puede justificarse la fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero por el riesgo derivado del alto nivel de impagos anudado a operaciones de crédito concedidas de modo ágil, porque la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico”.
Según el Banco de España, el interés medio de este tipo de préstamos alcanza el 19,67%, frente al 7,72% de los créditos al consumo habituales. En el caso concreto de WiZink, el interés llega hasta el 27%. Asimismo, la Asociación de Usuarios Financieros (ASUFIN) cuantifica que el interés medio llega a alcanzar el 25,2%. Por su parte, ADICAE califica esta alternativa de crédito como producto “claramente abusivo”.
ASUFIN calcula, basándose en un barómetro realizado en diciembre, que una deuda de 1.000 euros, con un interés del 25,61% y una cuota de 25 euros al mes puede generar unos intereses superiores a los 1.000 euros, más que el propio crédito. Se tardarían hasta seis años y 10 meses en devolver el crédito.
Hay que aclarar que la cuestión clave en esta disputa judicial no tiene directamente con que los intereses sean altos. La legislación española no pone límites al establecimiento de intereses. Sin embargo, el Banco de España señala en un informe que el factor diferencial es mantener la transparencia de operaciones y protección a la clientela. Por ello, una de las principales reclamaciones tienen que ver con entregar la información necesaria a los usuarios.
La principal característica de este tipo de créditos es la flexibilidad que, por otra parte, se acaba convirtiendo en un arma de doble filo. Funciona como una tarjeta de crédito, en el que se proporciona un límite de crédito determinado que puede devolverse a plazos, como cuotas fijas o como porcentajes de la deuda que exista.
La diferencia es que la deuda del crédito se renueva cada mes. Por un lado, se reduce cuando se pagan las cuotas, pero aumenta con cada nueva compra, lo que repercute en los intereses y las comisiones, entre otros gastos. Lo que produce este mecanismo es que, aunque la deuda se pueda pagar de una manera cómoda, se acaba volviendo infinita.
El Banco de España razona que “si se paga una cuota mensual baja respecto al importe de la deuda, la amortización del principal se realizará a un plazo muy largo, lo que puede derivar en que tengas que pagar muchos intereses”. A su vez, esta continua renovación del crédito impide anticipar cómo será su amortización.