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Crédito sin límite para empresas: España movilizará 200 mil millones de euros

La sociedad española, con los empresarios a la cabeza, habían pedido al Gobierno que liderara la respuesta ante las consecuencias económicas del coronavirus. Apenas unos días después de que se decretara el Estado de Alarma, el Gobierno ha reaccionado anunciando una batería de medidas enfocada a los sectores sociales más vulnerables y a los más […]

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Dirigentes Digital

17 mar 2020

La sociedad española, con los empresarios a la cabeza, habían pedido al Gobierno que liderara la respuesta ante las consecuencias económicas del coronavirus. Apenas unos días después de que se decretara el Estado de Alarma, el Gobierno ha reaccionado anunciando una batería de medidas enfocada a los sectores sociales más vulnerables y a los más afectados por la crisis.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha aludido recientemente a lo extraordinario de la situación para justificar las decisiones que se han tomado. “Se requieren medidas excepcionales para proteger nuestra salud y poder actuar con eficacia y determinación”, ha dicho. Es por ello que, tal y como ha dicho, el Estado movilizará una cantidad sin precedentes para afrontar la situación: “Vamos a movilizar hasta 200.000 milllones de euros, cerca de un 20% de nuestra capacidad de riqueza anual”.

Según ha explicado, 117 mil millones los aportará el Estado a través de la “creación de una línea de avales de garantías públicas por un valor de hasta 100 mil millones de euros”. Además, el tejido productivo español dispondrá de “toda la liquidez que necesite para mantenerse operativo”.

“No vamos a escatimar ningún esfuerzo, no vamos a dejar a nadie atrás”, ha insistido Sánchez. En parte, la respuesta responde a los ruegos que tanto empresarios como sindicatos habían compartido con el Ejecutivo español, si bien desde la Moncloa añaden otras actuaciones.

En particular, destaca la medida de aplazar el pago de hipotecas para quienes se hayan visto afectados por el coronavirus. En concreto, el Ejecutivo detalla que podrán beneficiarse de esta medida quienes hayan visto reducidos sus ingresos o hayan sido víctimas de un ERTE como consecuencia de la crisis. Según se explica en el Boletín Oficial del Estado, esta moratoria se aplicará “durante el periodo de vigencia de la moratoria de la cláusula de vencimiento anticipado que conste en el contrato de préstamo hipotecario”.

En ese sentido, también podrán acogerse a esta medida los empresarios y los autónomos que vean reducidos sus ingresos en un mínimo de un 40%. Junto a esta medida, se incluye la prohibición de cortar suministros básicos como el agua, la luz y el gas, a colectivos vulnerables. De hecho, el requisito es que la cuota hipotecaria y los gastos de suministros representen un 35% o más de los ingresos de los hogares.

Con respecto a las solicitudes de la patronal, el Gobierno ha concedido simplificar los procesos para presentar Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTEs), además de que se consideren de fuerza mayor en los casos en los que se produzcan por el coronavirus. El plazo máximo para resolver estos expedientes se establece en 7 días. En esa línea, los desempleados afectados por ERTEs podrán recibir una prestación por desempleo que se extenderá hasta que finalice la suspensión de sus contratos. Así, esta prestación no contará como paro consumido para futuras prestaciones. En todo caso, Sánchez ha pedido a las empresas que “no se despida a los trabajadores, esta es una crisis temporal y coyuntural”. “Seguirán necesitando a sus trabajadores cuando volvamos a la normalidad”, advierte el presidente del Gobierno.

Además, uno de los objetivos de la nueva legislación para los ERTEs es que la jornada laboral pueda adaptarse a las necesidades de empresas y trabajadores. De ese modo, los empleados podrán reducirla hasta en un 100% en caso de necesitar ese tiempo para atender a personas de su entorno que lo requieran. A este supuesto pueden acogerse quienes tengan que cuidar de personas mayores o bien de sus hijos por el cierre de los centros educativos.

Otro de los requerimientos empresariales era el de suspender temporalmente el pago de cotizaciones a la Seguridad Social. Así, las empresas que lleven a cabo ERTEs por las causas ya explicadas podrán decidir no realizar dichos pagos, al igual que los autónomos. De ese modo, los trabajadores por cuenta propia podrán acceder de una forma más sencilla a la prestación por cese de actividad. Compatible con la exoneración del pago de cuotas a la Seguridad Social.

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