La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, a través de dos órdenes ministeriales publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 17 de julio, actualizaba la compensación para aquellos empleados que utilicen su vehículo personal para ejercer su trabajo. Esta compensación, que pasa a cubrir los 0,26 céntimos de euro por […]
NacionalDirigentes Digital
| 20 jul 2023
La ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, a través de dos órdenes ministeriales publicadas en el Boletín Oficial del Estado (BOE) de 17 de julio, actualizaba la compensación para aquellos empleados que utilicen su vehículo personal para ejercer su trabajo.
Esta compensación, que pasa a cubrir los 0,26 céntimos de euro por kilómetro recorrido, hasta el momento, como quedó establecida en 2005, esta bonificación suponía una cuantía de 0,19 euros/kilómetro, estaría pagando parte de los costos asociados al combustible utilizando durante los desplazamientos, además de otros gastos relacionados con el desgaste que el uso del vehículo pueda sufrir, incluida las posibles averías.
Dentro de esta protección también pasaría a estar cubierto, aunque de manera proporcional, los gastos generados del seguro y los impuestos con el fin de proporcionar una compensación lo más justa posible para cubrir dichos gastos.
Mientras que en una de las órdenes queda recogida que los empleados públicos que deban conducir su propio vehículo para trabajar, en la otra se hace referencia a las exenciones fiscales que aplican para los contribuyentes del IRPF. Si un trabajador no es empleado público y también se ve obligado a utilizar su vehículo personal en su trabajo, podrá también beneficiarse de una exención en el impuesto de la renta amparándose en los gastos de locomoción que debe afrontar en su vida laboral.
La forma de acceder a la bonificación por kilometraje varía según el sector laboral. Por un lado, los empleados públicos podrán recibir el reembolso una vez presentada la factura de combustible correspondiente además de una declaración justificada del desplazamiento realizado. Una vez hechas las comprobaciones pertinentes, el importe establecido será depositado directamente en la cuenta bancaria del funcionario.
De la misma manera, las exenciones fiscales para el conjunto de trabajadores contribuyentes en el IRPF que también se vean obligados a utilizar su vehículo para desempeñar su actividad laboral se aplicarán mediante la exclusión de la cantidad resultante de multiplicar 0,26 (euros) por los kilómetros recorridos. Para ello, el interesado deberá presentar un documento que justifique los desplazamientos realizados, sin olvidarse de que también puede incluir los gastos de peaje y aparcamientos necesarios durante esos trayectos laborales.
La actualización ha sido considerada “necesaria” por el Gobierno de España debido a que la cantidad acordada (0,19 euros) no se modificaba desde 2005. Además, la invasión rusa de Ucrania ha supuesto un aumento significativo en los precios de las materias primas, incluyendo la gasolina y el petróleo.
En el Real Decreto-ley 20/2022 ya se acordaron medidas para abordar las consecuencias económicas y sociales del conflicto ruso-ucraniano. Un acuerdo pactado con los sindicatos CCOO y UGT que se recoge en la cláusula “actualización de los importes” como causa de llevar a cabo la prestación de servicios.