Hacienda acaba de poner en marcha un mecanismo de carácter extraordinario para permitir, de manera más ágil, pagar las deudas comerciales a los proveedores por parte de las entidades locales, en su mayoría ayuntamientos, que no cumplan la ley y amorticen sus pagos por encima de los 30 días marcados como máximo por la normativa […]
NacionalDirigentes Digital
| 01 feb 2022
Hacienda acaba de poner en marcha un mecanismo de carácter extraordinario para permitir, de manera más ágil, pagar las deudas comerciales a los proveedores por parte de las entidades locales, en su mayoría ayuntamientos, que no cumplan la ley y amorticen sus pagos por encima de los 30 días marcados como máximo por la normativa actual española.
Hablamos de 1.640 entidades en las que se incluyen, más allá de los consistorios 670 entidades que dependen de ellos. Eso sí, la medida establece que solo se podrán acoger a esta medida, las facturas y obligaciones pendientes de pago que sean anteriores a julio de 2021.
Su objetivo, garantizar el cobro de las facturas más antiguas, desde diciembre de 2020 y con un plazo milimetrado, ya que solo se podrán reclamar hasta el próximo 11 de febrero. En total, unos 2.000 millones de euros que los dirigentes consideran que son a todas luces escasos por varios motivos.
Desde la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa afirman que la medida implementada por el Gobierno se queda al principio del camino. Entienden desde CEPYME que los 2000 millones de euros apuntados por Hacienda para el pago de estas facturas para los proveedores de entes locales solo alcanzan el 10% del total de la deuda que los ayuntamientos tienen con las compañías.
La cantidad adeudada por estas 1.640 entidades locales, incluidos ayuntamientos, según los datos que da a conocer el Banco de España alcanza los 19.734 millones de euros, únicamente a cierre del tercer trimestre de 2021, con un mes más por delante a sumar como indica Hacienda, y que no está incluido en este cálculo.
Desde CEPYME recuerdan además que los niveles de morosidad inciden directamente en penalizar la liquidez de las empresas. Y además que perjudican especialmente a las pequeñas y medianas empresas, que son a la postre las que disponen de menos recursos para hacer frente a estos impagos.
También por sus mayores dificultades para acceder a la financiación en especial, señalan, en medio de la crisis pandémica, en la que muchas compañías no han podido recuperar los niveles de actividad empresarial anteriores a la Covid-19, y que sufren el fuerte incremento de costes que, a su vez, reduce sus márgenes de beneficio. Y recuerda que consideran abusiva la letra pequeña de esta normativa: que para cobrar olviden los intereses acumulados que les deben por ese retraso.
La Plataforma Multisectorial de la Morosidad ya denunciaba, un día después de que Hacienda hiciera pública la medida, la necesidad de tener que renunciar a los intereses de demora acumulados para que las pymes pudieran cobrar lo que se les debía.
De hecho, recuerda que, por ley, los proveedores tienen derecho a cobrar esos intereses de demora y pide que se corrija con la mayor urgencia este punto por parte del departamento que dirige M.ª Jesús Montero, en especial, por el escaso margen para realizar estas declaraciones, en este mes de febrero, en concreto, el día 11.
Además, desde la PMCM esperan que la medida tenga continuidad en el futuro porque, como ha señalado su presidente Antonio Cañete, no entienden como esta medida ha tardado tanto en ponerse en marcha, ya que está contemplada desde 2013 en la ley orgánica de control de deuda comercial del sector público.
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