El pasado mes de julio, el Gobierno dio el primer paso para la llegada de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública (FPEPP). Ahora, acaban de aprobar un Real Decreto por el que se reforma el reglamento de planes y fondos de pensiones para impulsar los planes de pensiones de empleo. Este nuevo […]
El pasado mes de julio, el Gobierno dio el primer paso para la llegada de los fondos de pensiones de empleo de promoción pública (FPEPP). Ahora, acaban de aprobar un Real Decreto por el que se reforma el reglamento de planes y fondos de pensiones para impulsar los planes de pensiones de empleo. Este nuevo instrumento de cara a la jubilación buscará incentivar los planes colectivos mediante los convenios, tal y como cuenta Álvaro Domenech, director asociado del área de Retirement de WTW.
La ley salió en julio y faltaba regular, entre otras cosas, cómo se iba a estructurar las comisiones, que se han quedado en el 0,3% y en el 0,55%. Además, también se ha dado forma a dos organismos de supervisión, como son la comisión de seguimiento y la comisión de control especial. Por lo demás, se ha establecido que estos fondos públicos van a estar supervisados por estas dos comisiones. La comisión de seguimiento está formada por funcionarios y la comisión de control especial estará formada por los representantes de los trabajadores, los sindicatos y la patronal.
Se le llama fondo público, pero no es la forma correcta. Se va a celebrar un concurso, donde las comisiones supervisoras seleccionaran varios fondos – no se ha indicado el número – y cada uno de estos fondos estará gestionado por entidades gestoras privadas. Pero, todavía no se sabe cómo serán las características requeridas en el concurso.
Los trabajadores no se suscribirán de forma automática. Aunque, se buscará incentivarlos a través de los convenios colectivos. Por ejemplo, se puede establecer mediante convenio que las empresas de ese sector en concreto, o de esa compañía, tengan que contar con un plan de empleo. Si es así, entonces se establecerán unas características que debe tener el plan a suscribir. A partir de ahí, las empresas contarán con las dos opciones; inscribirse en los fondos de empleo públicos o bien acercarse a la sucursal bancaria y suscribir uno privado.
Puede decirse que estos fondos públicos van a ser una competencia de los privados, pero en el buen sentido. Esta ley está regulando las comisiones al 0,3% y 0,55% y esto hará que los privados se tengan que adaptar. En los públicos también se buscará que haya una herramienta con información al partícipe para ser más transparente. Esto también hace que los privados tengan que fomentar las transparencia. Pero, no creo que vayan a competir por el número de partícipes. Pero, sí que los convenios colectivos pueden fomentar más la suscripción a los públicos.
La fiscalidad va a ser la misma que para los planes privados de empleo. Las aportaciones que han dejado de hacerse a los planes privados individuales se tendrán que canalizar o bien a través de empleo o a través de otros productos de ahorro, como los seguros de ahorro. Porque seguramente veamos más caídas en las aportaciones. Mientras que a los planes de empleo se está buscando darle más incentivos fiscales.
Yo creo que incentivar fiscalmente los planes de pensiones de empleo, pero no hacerlos más flexibles. El objetivo es el ahorro para la jubilación, por eso no creo que sea bueno que sean flexibles. Es un ahorro y un esfuerzo que hacen las empresas para sus trabajadores, entonces no tiene mucho sentido que sean flexibles. Pero, sí que se podría incentivar a través de la fiscalidad. Lo ideal sería que no se tributase por rendimientos de trabajo, o que tributasen por rendimiento inmobiliario. Otro aspecto que se puede modificar son las bonificaciones de las aportaciones que se hagan.