La Comisión Europea se encuentra ante la duda de permitir a España una mayor flexibilización de los objetivos de déficit o dar luz verde a los mecanismos de sanción. La falta de Gobierno y el riesgo de que se alargue a unas terceras elecciones obligan al Ejecutivo comunitario si da un año o dos de […]
Dirigentes Digital
| 06 may 2016
La Comisión Europea se encuentra ante la duda de permitir a España una mayor flexibilización de los objetivos de déficit o dar luz verde a los mecanismos de sanción. La falta de Gobierno y el riesgo de que se alargue a unas terceras elecciones obligan al Ejecutivo comunitario si da un año o dos de propina. El próximo 18 de mayo tendrá que decidirlo. La Comisión propone recomendaciones específicas por países, es decir, directrices estratégicas a medida para cada Estado miembro, en ellas se aprobará el calendario de ajuste para cumplir los objetivos.
Posteriormente, el Consejo Europeo refrenda las recomendaciones específicas por países y los ministros de la UE las debaten en el Consejo entre junio y julio; y los Estados presentan a la Comisión no más tarde del 15 de octubre proyectos de planes presupuestarios para el año siguiente, haya Gobierno o no. Si algún plan diverge respecto de los objetivos a medio plazo del Estado miembro correspondiente, la Comisión puede solicitar su reelaboración.
Desde 2009, España se encuentra dentro del Procedimiento de Déficit Excesivo, que supone una supervisión de las cuentas y medidas adoptadas. Si el objetivo solo se aplaza un año el país entraría en un "procedimiento agravado" que le acerca a posibles sanciones. El fracaso en la reducción del déficit puede suponer multas del 0,2% del PIB, unos 2.000 millones de euros y subir hasta un importe máximo del 0,5% del PIB si se detecta fraude en las estadísticas.
Desde Bruselas se baraja la posibilidad de que a los Estados con problemas de déficit se les sancione pero sin carga económica para no lastrar la evolución de los países. De todas formas las sanciones se adoptan mediante votación por mayoría cualificada inversa, lo que significa que las multas se consideran aprobadas por el Consejo salvo si las revoca una mayoría cualificada de Estados miembros desde 2014.