Los escándalos de Pescanova, Gowex y la salida a bolsa de Bankia ha puesto en el centro de la polémica el papel de los auditores, que dieron por buenas las cuentas presentadas por las compañías, cuando ha quedado demostrado que eran falsas. Por ello el Gobierno se puso objetivo prioritario reformar la norma que regula […]
Dirigentes Digital
| 10 abr 2015
Los escándalos de Pescanova, Gowex y la salida a bolsa de Bankia ha puesto en el centro de la polémica el papel de los auditores, que dieron por buenas las cuentas presentadas por las compañías, cuando ha quedado demostrado que eran falsas. Por ello el Gobierno se puso objetivo prioritario reformar la norma que regula la actividad del sector.
Con el texto pasando los trámites parlamentarios para ser aprobada, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia(CNMC) ha puesto de relieve la deficiencias de la Ley al considerar que los periodos fijados para el régimen de contratación de las auditorías obligatorias y las auditorías de entidades de interés público deberían acortarse para permitir una mayor libertad de mercado y evitar la "captura" del auditor como una particular suerte de rehén de la compañía cuyas cuentas sean auditadas.
El anteproyecto de ley contempla un límite de diez años para supervisar las cuentas de una entidad de interés público, como bancos o aseguradoras, o de catorce años si se ha adjudicado por concurso público o se realiza de manera conjunta. "Desde la óptica de la competencia efectiva y la regulación económica eficiente convendría revisar las limitaciones máxima y mínima de temporalidad en los dos casos", dice la CNMC.
Para el resto de sociedades en la que es obligatorio la auditoría se fija de tres a nueve años de contrato inicial con posibilidad de prórroga tácita obligatoria. El organismo supervisor hace hincapié en que la auditoría es de señalada relevancia para el funcionamiento eficiente de la economía por su labor de detectar "fallos de mercado".
Además, el informe destaca que no queda clara las funciones de supervisión entre el máximo órgano de supervisión de la actividad de auditoría (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y la propia CNMC. El supervisor recomienda que se analice en mayor profundidad las atribuciones que da el texto a las corporaciones profesionales de auditores de cuentas. Competencia critica la nueva Ley de Auditoría
El informe del regulador cuestiona el plazo límite que contempla la ley sobre la duración de la labor de los auditores porque eleva el riesgo de independencia y dificulta la entrada de nuevos competidores.
Los escándalos de Pescanova, Gowex y la salida a bolsa de Bankia ha puesto en el centro de la polémica el papel de los auditores, que dieron por buenas las cuentas presentadas por las compañías, cuando ha quedado demostrado que eran falsas. Por ello el Gobierno se puso objetivo prioritario reformar la norma que regula la actividad del sector.
Con el texto pasando los trámites parlamentarios para ser aprobada, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia(CNMC) ha puesto de relieve la deficiencias de la Ley al considerar que los periodos fijados para el régimen de contratación de las auditorías obligatorias y las auditorías de entidades de interés público deberían acortarse para permitir una mayor libertad de mercado y evitar la "captura" del auditor como una particular suerte de rehén de la compañía cuyas cuentas sean auditadas.
El anteproyecto de ley contempla un límite de diez años para supervisar las cuentas de una entidad de interés público, como bancos o aseguradoras, o de catorce años si se ha adjudicado por concurso público o se realiza de manera conjunta. "Desde la óptica de la competencia efectiva y la regulación económica eficiente convendría revisar las limitaciones máxima y mínima de temporalidad en los dos casos", dice la CNMC.
Para el resto de sociedades en la que es obligatorio la auditoría se fija de tres a nueve años de contrato inicial con posibilidad de prórroga tácita obligatoria. El organismo supervisor hace hincapié en que la auditoría es de señalada relevancia para el funcionamiento eficiente de la economía por su labor de detectar "fallos de mercado".
Además, el informe destaca que no queda clara las funciones de supervisión entre el máximo órgano de supervisión de la actividad de auditoría (ICAC), dependiente del Ministerio de Economía y la propia CNMC. El supervisor recomienda que se analice en mayor profundidad las atribuciones que da el texto a las corporaciones profesionales de auditores de cuentas.