De acuerdo con esta organización, el perfil del usuario es indiferente y puede ser propietario, inquilino, asalariado o empresario. Este año es especialmente importante debido a la reforma fiscal liderada por Cristóbal Montoro que entrará en vigor en 2015. El organismo destaca cambios como nuevas deducciones para familias numerosas y contribuyentes con discapacitados a su cargo, se […]
Dirigentes Digital
| 15 dic 2014
De acuerdo con esta organización, el perfil del usuario es indiferente y puede ser propietario, inquilino, asalariado o empresario. Este año es especialmente importante debido a la reforma fiscal liderada por Cristóbal Montoro que entrará en vigor en 2015.
El organismo destaca cambios como nuevas deducciones para familias numerosas y contribuyentes con discapacitados a su cargo, se establecen límites a tributación por de las indemnizaciones por despido, compensaciones entre los rendimientos positivos y negativos y deducciones en los rendimientos del trabajo. Por otro lado, destacan la desaparición de coeficientes de actualización del precio de compra de bienes inmuebles, la reducción de rentas de alquiler de inquilinos jóvenes, la exención de 1.500 euros en dividendos, la deducción por obtención de rendimientos de trabajo y actividades económicas y la deducción por alquiler de vivienda habitual para los contratos nuevos entro otros.
La vivienda, hipotecas y alquileres 42.561 millones más en 2015
La OCU advierte que desde el punto de vista fiscal la medida que más impacto tiene en el ámbito de la vivienda es la desaparición de los coeficientes, que reducían las ganancias obtenidas con la venta de una vivienda. Con la redacción inicial de la reforma, según OCU, el vendedor de una vivienda comprada en 1986 por 37.208 € y vendida por 305.000, pagaría 20.589, si la vende en 2014 y 63.150 €, si la vende en 2015, lo que supone una variación de 42.561 euros en solo unos días de diferencia. La OCU ha pedido al Gobierno que reconsidere esta medida por el alto coste que puede tener para los propietarios de vivienda. Al mismo tiempo recuerda que esta medida no es de aplicación cuando se vende la vivienda habitual. Durante la tramitación parlamentaria de la reforma fiscal se han introducido enmiendas que tratan de suavizar el impacto que tiene la medida para los consumidores. Por ello, se recomienda a los consumidores que se pudieran ver afectados que antes de iniciar cualquier operación con inmuebles esperen a la publicación definitiva de la Ley.
Asimismo, la organización recomienda a las personas que estén cerca de cumplir 65 años y que estén pensados en vender su vivienda, que esperen a alcanzar esa edad ya que están exentas las ganancias. Otra recomendación importante es la de amortizar hipoteca por anticipado para beneficiarse de la deducción por compra de vivienda habitual. Aunque esta deducción ha desaparecido, aquellos que compraron su vivienda antes del 1 de enero de 2013 pueden disfrutarla con un límite de 1.356 € en la cuota íntegra. La OCU recuerda que, para ver si esta opción es viable, el usuario puede consultar el simulador de la página web de hacienda y recuerda que algunas entidades pueden cobrar una comisión por la amortización anticipada.
Además, al desaparecer en 2015 la deducción por alquiler de vivienda habitual para aquellos que opten por esta opción puede ser el momento adecuado para firmar un contrato de alquiler y beneficiarse de la deducción durante más tiempo.
Acciones, fondos y otras inversiones
Para los inversores y ahorradores la finalización del año es buen momento para realizar operaciones para mejorar la rentabilidad fiscal de las inversiones. No es recomendable vender inversiones con ganancias de menos de un año. A modo de ejemplo una ganancia de 4.000 euros en menos de un año pagaría 1.200 euros, si se vende después de un año pagaría 360 euros menos. También es recomendable retrasar la venta de bienes de más de un año que acumulen ganancias debido a la menor tributación de las rentas del ahorro en 2015 y 2016. OCU recuerda que si ha sufrido pérdidas en algunos valores, puede compensarlas con las ganancias obtenidas en otros, siempre teniendo en cuenta si la cotización de los valores aconseja o permite este tipo de operaciones. En cuanto a las inversiones con ganancias anteriores a 1995, como en el caso de los inmuebles, aconsejamos no tomar ninguna decisión definitiva hasta que en las próximas semanas se apruebe el texto legal. Si finalmente se respetan los coeficientes de abatimiento, aunque no sea totalmente como nosotros hemos defendido para evitar su efecto retroactivo, pocas razones fiscales habría ya para desprenderse de sus fondos y acciones más antiguos siempre que el montante total de los bienes que usted posea adquiridos antes del 31/12/94 no alcancen los 400.000 euros.
Rentas del trabajo y planes de pensiones
La Organización de Consumidores y Usuarios recuerda que las mejoras introducidas en las retribuciones por especie hacen aconsejable en algunos casos optar por estas retribuciones en vez del dinero. Si la situación familiar ha cambiado, por nacimiento de hijos, o pago de una pensión alimenticia…. Además es recomendable comunicarlo cuanto antes para bajar la retención en el IRPF. OCU recomienda evitar los planes de pensiones y retrasar el rescate de los ya firmados debido al mal tratamiento fiscal que reciben estas inversiones respecto a otras.
Menos bajadas de impuestos
La organización advierte que a pesar de los mensajes del Gobierno sobre la bajada de impuestos que supone la anunciada reforma fiscal, estas no son tan importantes como se dice. Las rentas bajas, especialmente las que cobran menos de 12.000 euros brutos al año, dejarán de tributar y se verán beneficiadas. Sin embargo las rebajas de impuestos serán mucho menores de las anunciadas para las personas que ganan entre 12.000 y 30.000 euros. A modo de ejemplo, si se compara con la tributación de 2011 antes de las medidas excepcionales de la crisis, en el caso de personas solteras o casados sin hijos, las rebajas de impuestos están entre el 2,12 y el 2,12% lejos de lo prometido por el Gobierno. Las rentas por encima de 40.000 euros verán como los impuestos suben de forma moderada en comparación de lo que pagaban en 2011.
Para la OCU y en lo que se refiere al trato fiscal al ahorro, es otra oportunidad perdida de conseguir un trato fiscal neutro para las diferentes formas de ahorro donde se favorece a unos productos frente a otros en base a un tratamiento fiscal favorable.