En algo más de año y medio, es decir, en enero de 2018, entrará en vigor la normativa MiFid II que traerá sustanciosos cambios en el sector financiero. El objetivo de esta nueva normativa es mejorar la protección de los inversores minoristas obligando a las entidades financieras a detallar si son o no independientes en […]
Dirigentes Digital
| 29 abr 2016
En algo más de año y medio, es decir, en enero de 2018, entrará en vigor la normativa MiFid II que traerá sustanciosos cambios en el sector financiero. El objetivo de esta nueva normativa es mejorar la protección de los inversores minoristas obligando a las entidades financieras a detallar si son o no independientes en el asesoramiento, y en cada caso, cómo y por qué conceptos se a cobrar al mismo.
Consecuencias para los clientes
El eje principal de esta directiva son los clientes minoristas, y como tal, estos sin duda los grandes beneficiados. Son los grandes beneficiados porque desde su entrada en vigor, sea el profesional financiero que sea, va a estar obligado a informarle de su independencia y de cómo cobra al cliente, siendo bien o la comisión de gestión (si es un producto propio de la entidad) o la comisión por asesoramiento.
Uno puede pensar que al tener que pagar una comisión por asesoramiento el cliente se va a ver perjudicado al tener que asumir más costes, pero no es así. Primero, porque la nueva normativa prohíbe las retrocesiones (cobros de incentivos de las entidades para vender sus productos) que en teoría harán bajar las comisiones de gestión, y segundo, porque al tener que pagar por el asesoramiento, los clientes se verán más motivados a buscar un asesoramiento independiente. Si bien es cierto que en España estamos acostumbrados a no pagar por el asesoramiento financiero, con la entrada de MiFID II, eso va a tener que cambiar, pero también al tener que soportar un coste por asesoramiento los clientes podrán demandar un servicio absolutamente profesional y sin conflicto de intereses.
Consecuencias para el sector
La primera gran consecuencia para el sector es que los profesionales del mismo van a tener que reunir uno de estos dos requerimientos, o tener una dilatada experiencia en el sector, o bien estar certificados (EFA, CFA, CAIA, etc…). La segunda, y no por ello menos importante, es que ataca de manera directa a los ingresos de su modelo de negocio en la distribución de fondos, ya que al eliminar las retrocesiones incide directamente en la cuenta de resultados de dichas entidades. La tercera gran consecuencia para la industria es que al aumentar la transparencia del sector financiero incide directamente sobre los costes del sector aumentándolos, lo que pondría en peligro a las entidades más pequeñas y descapitalizadas.
En resumen se puede decir que es una normativa que quiere apostar por el asesoramiento independiente y de calidad para el inversor minorista, pero que al tener unas exigencias tan fuertes regulatorias es posible que acabe expulsando del mercado a las entidades más pequeñas o bien que estas tengan que dirigirse exclusivamente a clientes de alto patrimonio, dejando a los clientes más modestos casi sin posibilidades de un asesoramiento financiero independiente de calidad.
Alejandro Carrasco es Consultor Financiero Asociado en Conecta Capital.