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Seis cuestiones clave antes de contratar un plan de pensiones

¿Qué plan de pensiones me conviene? Dependerá de la edad y cercanía o lejanía a la jubilación. La edad determinará el riesgo que podemos asumir y que está íntimamente ligado al plazo de ahorro. Un joven, por tanto, podrá permitirse mayor riesgo porque tiene margen de maniobra. Por el contrario, un ahorrador cercano a su […]

Dirigentes Digital

28 abr 2016

¿Qué plan de pensiones me conviene?

Dependerá de la edad y cercanía o lejanía a la jubilación. La edad determinará el riesgo que podemos asumir y que está íntimamente ligado al plazo de ahorro. Un joven, por tanto, podrá permitirse mayor riesgo porque tiene margen de maniobra. Por el contrario, un ahorrador cercano a su jubilación debe proteger su ahorro. Para aquellos que tengan una edad intermedia se les recomienda un perfil mixto en un plan de pensiones.

¿Cuánto ahorrar?

El máximo ahorro es de 8000 euros al año, el llamado límite financiero

El límite fiscal que será igualmente de 8000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas. Se aplicará la menor de estas cantidades.

Las aportaciones al plan de pensiones podrán ser puntuales o periódicas.

Incentivos fiscales por aportar al plan de pensiones

El límite es el descrito en el límite fiscal del punto anterior. También si el cónyuge tiene rentas inferiores a 8000 euros se pueden realizar aportaciones a favor del cónyuge hasta 2500 euros anuales.

Casos excepcionales para disponer del ahorro

  • Incapacidad
  • Dependencia
  • Fallecimiento
  • Enfermedad grave
  • Desahucio de la vivienda habitual
  • Desde el 1 de enero de 2025, retirar solo las participaciones con más de 10 años de antigüedad

Formas de rescate del plan de pensiones

En forma de capital que es un cobro único

En forma de renta que es temporal o vitalicia

Mixta como combinación de las anteriores

Flexible, es decir, que no tiene un periodo determinado

La fiscalidad del rescate de los planes de pensiones

En general se consideran como rendimientos del trabajo. Excepcionalmente, las participaciones con antigüedad anterior a 31 de diciembre de 2006 y que rescaten en forma de capital gozarán de una deducción del 40% en el importe a consignar en la declaración de IRPF y sujeto al plazo transitorio que establece la ley.
 

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