En el auto de la Sección 21, al que ha tenido acceso Europa Press, se rechazan los recursos interpuestos por las defensas para solicitar el sobreseimiento del caso, porque el auto en el que se cerraba la instrucción del Juzgado de Instrucción 30 de Barcelona, del 16 de diciembre de 2014, “cumple sobradamente los requisitos […]
Dirigentes Digital
| 25 oct 2016
En el auto de la Sección 21, al que ha tenido acceso Europa Press, se rechazan los recursos interpuestos por las defensas para solicitar el sobreseimiento del caso, porque el auto en el que se cerraba la instrucción del Juzgado de Instrucción 30 de Barcelona, del 16 de diciembre de 2014, “cumple sobradamente los requisitos generales de motivación” y contiene un extenso y detallado relato de los hechos. Considera la Audiencia que de las diligencias de instrucción se desprenden indicios suficientes para atribuir a los recurrentes el delito de administración desleal, que se concretan en los acuerdos que en 2010 adoptaron los imputados “con aparente abuso de su cargo y en perjuicio de la entidad, aprobando incrementos de las retribuciones salariales que no eran acordes a la situación real de la entidad”. Así, considera que en aquel momento la situación financiera de la entidad era “especialmente delicada” ya que desde 2007 a 2009 se habían reducido considerablemente sus beneficios, y en el año 2010 se aprobó un expediente de regulación de empleo que afectó a 1.600 personas en total, además de que recibieron 1.250 millones de euros de ayuda del Fondo de reestructuración bancaria (Frob). “En el anterior contexto económico, las retribuciones de los máximos directivos de la entidad: Adolf Todó, como director general; Jaume Masana, como director general adjunto, aumentaron considerablemente en perjuicio de los intereses de la entidad y en contra de las recomendaciones de la Comisión Europea y el Frob”, prosigue la Audiencia. En el auto del Juzgado de Instrucción 30 de Barcelona ahora ratificado, en el que cerraba la instrucción, se consideró que todos los acusados actuaron “en perjuicio y desprecio de los intereses de la entidad, de su finalidad, y de los intereses generales”. El juez acusó, por tanto, a Serra y a Todó, pero también a los miembros del consejo de administración que votaron a favor de los presuntos sobresueldos de los altos cargos mientras la entidad en 2010 recibía dinero público por su grave crisis financiera, al ver indicios de un delito de administración desleal.