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Aprovecha la renta de 2020 para planificar el IRPF del 2021

En la campaña de la renta de este año hay que tener en cuenta que 2020 fue un año singular debido a la pandemia, el incremento de los ERTE´s y la aparición del Ingreso Mínimo Vital. Normalmente, en esta época, prácticamente a finales ya de la campaña, me suelen llamar amigos y familiares para que […]

11 jun 2021

En la campaña de la renta de este año hay que tener en cuenta que 2020 fue un año singular debido a la pandemia, el incremento de los ERTE´s y la aparición del Ingreso Mínimo Vital. Normalmente, en esta época, prácticamente a finales ya de la campaña, me suelen llamar amigos y familiares para que les ayude a pagar menos en su IRPF. Siempre les contesto que ya van tarde, que como mucho les puedo ayudar a cumplimentar correctamente la declaración, que para tratar de pagar menos me lo tenían que haber dicho antes del 31 de diciembre de 2020. 

Sin embargo, aunque ya lleguemos tarde para la renta del 2020, tenemos que ver el vaso medio lleno, ya que esta época es un momento perfecto para empezar a planificar la renta del 2021, que tocará pagar en junio de 2022, y no repetir los errores y oportunidades pérdidas de 2020. El resumen de datos fiscales que aporta la Agencia Tributaria permite repasar los ingresos y gastos que del año anterior y la tributación que soportó, así como la composición del patrimonio inmobiliario. Si se complementa con la información aportada por los bancos (con las posiciones de los productos financieros a 31 de diciembre), se tendrá una composición bastante aproximada del patrimonio.

Hay que tener en cuenta que desde el 1 de enero de 2021 la Ley de Presupuestos ha subido la tributación tanto de la parte general del IRPF (la parte cara), como de la base del ahorro. En concreto, se incrementa 2 puntos la base general a partir de 300.000 euros. En el caso de la base del ahorro, en la que se incluyen tanto las ganancias patrimoniales por la venta de cualquier activo, como los dividendos, intereses y otros rendimientos de capital mobiliario, la subida será de 3 puntos a partir de 200.000 euros, pasando de un tipo máximo del 23% al 26%.

Por lo tanto, es recomendable utilizar los datos de 2020 para tener un momento de reflexión, y no sólo para tratar de arañar lo máximo posible la factura fiscal, y repasar el patrimonio amasado durante nuestra etapa laboral y replantearnos la estructura del mismo.

En el caso de los empresarios con una actividad económica con cifra de negocios inferior a 10 millones de euros y que determinen su rendimiento neto por el método de estimación directa, podrán aplicar las ventajas previstas en el artículo 103 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades para las empresas de reducida dimensión. En concreto, podrán amortizar al doble del coeficiente máximo de tablas, amortizar libremente determinados activos en caso de creación de empleo, o incluso deducirse una pérdida por deterioro del 1% sobre el saldo de deudores. Como novedad para 2021, los autónomos con trabajadores a su cargo podrán aportar hasta 10.000 euros a los Planes de Empleo, lo que unido a la subida del tipo marginal puede suponer un ahorro importante en el IRPF del año que viene.

Si se tienen viviendas destinadas al alquiler, hay que tener en cuenta los gastos generados en estos inmuebles para disminuir la renta derivada del arrendamiento, desde los intereses de la hipoteca, el IBI, la tasa de recogida de basuras, las primas del seguro del hogar, así como los gastos de comunidad y suministros del hogar si es el propietario quién los asume. No se deben olvidar los gastos derivados de la reparación y conservación de la vivienda como el mantenimiento de la caldera, la pintura o la sustitución del frigorífico, todo ello sin olvidar que los gastos que constituyen mejoras de la vivienda, como puede ser la instalación nueva del aire acondicionado, se deducirán vía amortización. Desde luego, si se dispone de un inmueble dedicado a su arriendo, mejor que su uso sea el de vivienda habitual del inquilino (no cabe aquí el alquiler turístico) para aprovechar la reducción del 60% del rendimiento neto de gastos que nos permite la normativa.

Si se tienen activos muy antiguos, una parte de la ganancia (hasta 400.000 euros) puede quedar sin tributación si son anteriores a 1994, mediante la aplicación de los coeficientes de abatimiento. Además, en temas fiscales, la edad corre a nuestro favor, por lo que si se tiene más de 65 años se puede vender la vivienda habitual sin tributación en IRPF (puede que haya que pagar plusvalía municipal) y si se venden otros activos como inmuebles, acciones, fondos, etc… es posible dejar sin tributar hasta 240.000 euros en caso de contratar un seguro de renta vitalicia dentro de los 6 meses siguientes. También es importante repasar las pérdidas de los últimos 4 años por si interesa realizar alguna ganancia patrimonial en 2021 antes de que prescriba la posibilidad de poder compensarlas. 

Si se es titular de una sociedad, puede ser un buen momento para plantearse repartir dividendos, ya que podremos compensar esas pérdidas con el 25% del rendimiento de capital mobiliario lo que a efectos prácticos baja la tributación del dividendo del 19% a l4,25%. La ventaja es que en junio queda medio año para planificar correctamente qué activos interesa mantener o vender para buscar el mejor momento del mercado para sacarle más partido a la venta o del reparto del dividendo de la sociedad.

Por último, recordar que en esta vida no son todo impuestos, pero que como decía Keynes, “optimizar el pago de impuestos es un esfuerzo intelectual que tiene recompensa”

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