Esto es debido a que tenemos que hacer frente a la plusvalía municipal, un tributo que se ha vuelto polémico, ya que en el 2017 el Tribunal Constitucional sentenció que no estamos obligados a pagarlo cuando se ha vendido la casa con pérdidas. Aún así, lo cierto es que los ayuntamientos lo siguen cobrando. Pero ¿qué es este impuesto? Y en caso de tener que pagarlo ¿qué plazo tenemos para hacerlo? Desde el comparador financiero HelpMyCash.com nos dan las respuestas a estos interrogantes.
La plusvalía municipal grava el incremento del valor del terreno
El impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, popularmente conocido como plusvalía municipal, grava el aumento de valor que ha experimentado nuestra casa durante el tiempo que la hemos tenido en propiedad.
Es decir, no depende del precio de venta del inmueble sino del valor catastral de la vivienda, la cantidad de años que lo hemos tenido en nuestro poder y de los coeficientes y porcentajes de tributo definidos por el ayuntamiento. Estos últimos conceptos, al ser de carácter municipal, varían según la localidad donde tengamos que presentar el impuesto. Por esto, la cuota cambia mucho de una localidad a otra.
Pero ¿por qué el Tribunal Constitucional sentenció que al vender con pérdidas no lo tenemos que pagar? Justamente porque el cálculo se basa en un valor administrativo y no en aquellos que determinan si realmente hemos tenido un beneficio o no con la operación: los precios de compra y de venta de nuestro piso.
Sin embargo, como el asunto no ha sido regulado, los ayuntamientos siguen girando el tributo. En este sentido, desde el comparador financiero HelpMyCash.com aconsejan que, aunque hayamos vendido con pérdidas, si la Administración nos cobra el impuesto, lo paguemos y luego procedamos a hacer una reclamación para evitar problemas fiscales.
El pago fuera de plazo trae consigo recargos
Saber el plazo en el que tenemos que hacer frente a este impuesto es vital, ya que el retraso en el pago trae consigo el cobro de recargos por demora que pueden oscilar entre un 5% y un 20%, dependiendo del tiempo que tardemos en liquidarlo.
Pero ¿cuál es el plazo que tenemos para pagar la plusvalía? Generalmente, al vender una propiedad, la mayoría de los ayuntamientos dan un lapso de 30 días hábiles, que empieza a correr desde la fecha de la firma que figure en la escritura de compraventa.
No obstante, como este es un impuesto municipal, es posible que el plazo pueda variar según la localidad. En este sentido, es aconsejable que verifiquemos el tiempo que tenemos para pagarlo en nuestro ayuntamiento.
2020-10-06 22:01:56