La CNMV permitirá que las gestoras retrasen sus cuentas por el Covid-19

Dada la situación excepcional, la CNMV permitirá a las gestoras de fondos que retrasen la publicación de sus cuentas. El organismo regulador hace extensible, por tanto, a los vehículos de inversión colectiva y a las sociedades gestoras lo acordado en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, en el que se concede una prórroga a las sociedades cotizadas.

Por ley, las sociedades gestoras de fondos de inversión (SGIIC y SGEIC) deben formular sus cuentas anuales en el plazo máximo de tres meses contados a partir del cierre del ejercicio y remitirlas a la CNMV. Además, deben enviar los correspondientes informes de gestión y auditoría dentro de los cuatro meses siguientes a la finalización del ejercicio en el caso de las SGIIC, mientras que las SGEIC tienen seis meses. Sin embargo, ahora tendrán tres meses más de prórroga desde la finalización del estado de alarma.

Además, la CNMV ha informado de que las gestoras deberán incluir en el Anexo descriptivo del informe trimestral «información acerca del impacto del COVID 19 en las inversiones de la IIC, así como sobre las decisiones de inversión tomadas». Junto a ello, deberán añadir sus consideraciones sobre las perspectivas de mercado y la actuación previsible en cuanto a la gestión de la cartera.

2020-03-27 16:34:54

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