Íñigo Torroba: “El crowdlending inmobiliario permite a cualquier persona invertir en el sector con una rentabilidad interesante”

Entrevista con Iñigo Torroba, CEO de Civislend

La digitalización ha traído consigo una democratización de las inversiones en todas sus áreas. Desde la creación de brókeres online, cualquier persona puede comprar acciones u otro tipo de activos. Sin embargo, en el sector inmobiliario, parecía de más difícil acceso, hasta ahora. De ello hablamos con Entrevista Iñigo Torroba, CEO de Civislend.

¿Qué es el crowdlending inmobiliario y cuáles son sus principales características?

El crowdlending inmobiliario es una forma de inversión colectiva donde múltiples inversores aportan capital a proyectos inmobiliarios, a cambio de obtener rentabilidad en un periodo determinado. Este modelo abre las puertas a prácticamente cualquier persona para invertir en el sector inmobiliario, ofreciendo una diversificación del portafolio y una reducción del riesgo tradicionalmente asociado con la inversión inmobiliaria. A diferencia del crowdfunding, en el que los inversores se convierten en propietarios de una pequeña parte del proyecto y comparten los beneficios y riesgos asociados, en el crowdlending participan como prestamistas y sus rendimientos se basan en los pagos de intereses y la devolución del capital en un plazo fijo.

En Civislend, facilitamos este encuentro entre promotores e inversores, asegurándonos de que solo los proyectos más sólidos lleguen a nuestros clientes. De hecho, trabajamos con algunas de las principales promotoras españolas, como Avintia o Inmobiliaria Espacio. Nuestro valor radica en el estricto análisis que realizamos antes de aceptar un proyecto y en la exigencia de una serie de garantías, siendo la más común la garantía hipotecaria sobre el activo. Sin embargo, el hecho de que hasta ahora nunca hayamos tenido que ejercer este tipo de garantías pone en valor el trabajo previo que realizamos.

¿En qué se asemeja a la tokenización de los activos inmobiliarios?

La tokenización es otro concepto interesante que busca democratizar la inversión inmobiliaria mediante el uso de la tecnología. Es básicamente una versión del crowdlending o crowdfunding basado en blockchain. Al adquirir un token, compras un derecho digital, pudiéndose definir en cada caso qué es lo que representa y a qué da derecho ese token. La forma más habitual de hacerlo ahora mismo es mediante un derecho sobre el rendimiento del inmueble, por lo que se asemejaría más al crowdfunding que al crowdlending, incluyendo tanto los riesgos como los beneficios de la comercialización y la valoración del inmueble. En el crowdlending, como comentábamos, la rentabilidad está definida de antemano, por lo que está dirigida a un perfil más “conservador”.

Otra diferencia radica en que la tokenización normalmente tiene una liquidez mayor -podemos vender el token a otra persona en cualquier momento-, pero también tiene un riesgo asociado a la liquidez del mercado de tokens, así como a una regulación menos desarrollada y que está cambiando rápidamente.

La elección de qué opción es «mejor» depende de las preferencias individuales del inversor, su tolerancia al riesgo, sus objetivos de inversión y su interés en la tecnología subyacente.

¿Cuál es el principal atractivo de esta inversión?

El principal atractivo de esta inversión radica en que permite a prácticamente cualquier persona invertir en el sector inmobiliario con una rentabilidad interesante, una atención personalizada y el trabajo de análisis de los proyectos previamente hecho por nosotros. Quien paga esa rentabilidad y ese servicio es el promotor, que a cambio obtiene acceso ágil a un capital que de otro modo no estaría disponible.

En el caso de España, el mercado inmobiliario ostenta el título de favorito para tres de cada cinco ciudadanos a la hora de invertir, debido a la estabilidad y la continua revalorización del sector. De hecho, según nuestros datos, el 61% de los españoles prefieren destinar la compra de una vivienda a la inversión antes que convertirla en vivienda principal o secundaria. Sin embargo, muchas personas carecen de los ahorros suficientes para invertir en una propiedad propia. Es justo aquí donde el crowdlending cobra su valor al democratizar el acceso a la inversión inmobiliaria.

Con Civislend, cualquier persona puede participar con inversiones desde 250 euros para rentabilizar sus ahorros, sin la necesidad de comprar toda una vivienda ni de gestionar su mantenimiento. Además, en nuestro caso la rentabilidad media anual se sitúa entre el 10% y el 13%, un porcentaje mayor que la rentabilidad media anualizada de la Bolsa norteamericana, por ejemplo.

¿Para qué inversores va dirigida y qué papel puede jugar en una cartera de inversión?

Tenemos todo tipo de inversores, desde quien invierte 250 euros hasta quien invierte 100.000, por ejemplo. De hecho, gran parte del equipo de Civislend somos inversores de la plataforma. Aquí hay que diferenciar entre inversores acreditados y no acreditados, una distinción definida por la Ley 5/2015, de 27 de abril para proteger a los inversores minoristas. Los inversores no acreditados no pueden invertir más de 3.000 euros en un mismo proyecto o más de 10.000 euros al año en una misma plataforma de crowdlending. En cambio, los inversores acreditados no tienen limitaciones en cuanto a la cantidad que pueden invertir.

Además de esta accesibilidad, una de las grandes ventajas que proporciona el crowdlending a una cartera es que permite diversificar el riesgo al invertir en múltiples proyectos, reduciendo la exposición a la variabilidad de un único activo.

¿Tenéis miedo de que la regulación en el caso de España pueda endurecer esta clase de proyectos bajo la premisa del aumento de precios del mercado inmobiliario?

Es natural pensar en el impacto de la regulación, especialmente en un sector tan vital como el inmobiliario. La regulación, bien planteada, debería buscar un equilibrio entre la necesidad de proteger y asegurar la sostenibilidad del mercado y la de fomentar la innovación y el crecimiento económico a través de la inversión.

En el caso concreto del crowdlending inmobiliario, es fundamental garantizar la transparencia y la protección de los inversores. El sector está regulado principalmente por la Ley 5/2015, de 27 de abril, de fomento de la financiación empresarial, que distingue entre inversores acreditados y no acreditados. Asimismo, las plataformas de crowdlending debemos estar autorizadas y supervisadas por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y el Banco de España.

Además, recientemente se ha aprobado una nueva regulación europea, conocida como «European Crowdfunding Service Providers for Business» (ECSP), que permite a las plataformas de crowdlending operar en toda la Unión Europea sin necesidad de obtener permisos adicionales en cada país y abre puertas para fomentar la inversión transfronteriza, lo que es una excelente noticia para el sector.

En definitiva, aunque la regulación puede presentar ciertos desafíos, también ofrece un marco para proteger los intereses de los inversores y promover un mercado sostenible y transparente. Nuestro rol incluye tener la flexibilidad necesaria para adaptarnos a los cambios y participar en el diálogo para influir positivamente en el desarrollo de futuras regulaciones.

2024-02-26 09:58:51
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