Queda poco más de una semana para que los bancos cumplan con la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Para ellos, las entidades están solicitando a sus clientes que envíen su DNI a las oficinas. A pesar de que los bancos tienen los datos de sus clientes, la nueva normativa […]
Dirigentes Digital
| 22 abr 2015
Queda poco más de una semana para que los bancos cumplan con la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo. Para ellos, las entidades están solicitando a sus clientes que envíen su DNI a las oficinas.
A pesar de que los bancos tienen los datos de sus clientes, la nueva normativa establece que comprueben la identidad de aquellas personas que vaya a iniciar actividades en los bancos y que almacenen copias de los documentos fehacientes de identificación así como documentación e información de su actividad profesional o empresarial.
A pesar de que la normativa era conocida, el límite vence el 30 de abril de este mes y por tanto, es ahora cuando a las entidades les están entrando las prisas para solicitar esta información a sus clientes. En caso contrario, sus cuentas podrían quedar bloqueadas.
¿Qué supone el bloqueo de las cuentas? Este movimiento supone que el cliente pueda no retirar dinero ni tampoco ingresar, ni hacer transferencias, ni cobrar domiciliaciones, ni suscribir otros productos financieros. En fin, que su dinero quede bloqueado.
La aplicación en la práctica, según los expertos, puede variar de una entidad a otra. Además, esto puede cambiar en función de si el banco tiene datos anteriores del cliente o de cada situación personal.