1. ¿Cuáles son los requisitos para que puedan conceder un crédito? La gran preocupación del banco es tener la seguridad de que va a recobrar el préstamo que da. Y la garantía la tiene, ya sea porque espera que el cliente tenga unos ingresos suficientes (que de lo que gana pueda gastar lo necesario y […]
Dirigentes Digital
| 21 mar 2015
1. ¿Cuáles son los requisitos para que puedan conceder un crédito?
La gran preocupación del banco es tener la seguridad de que va a recobrar el préstamo que da. Y la garantía la tiene, ya sea porque espera que el cliente tenga unos ingresos suficientes (que de lo que gana pueda gastar lo necesario y aún le sobre), o porque esos ingresos sean estables (mejor contrato fijo que eventual). Y si por el importe o el plazo ( por ejemplo 5 años para un coche) no lo ve claro, pues pedirá garantías adicionales, de otra persona (un avalista que pasará por el mismo filtro de análisis que el solicitante) u otros bienes. Lo más claro es la hipoteca: por el importe y el plazo (30-40 años) se pide la garantía adicional de la vivienda, y quizás de otros bienes o avalistas.
2. ¿Qué consejos da a aquellos que se estén planteando solicitar un crédito?
Que tengan claro cuál es su nivel de ingresos (ellos y su pareja estable si la tiene), por lo tanto su capacidad de ahorro y su capacidad de devolución. Si él no lo calcula, lo hará el banco y puede ser menos beneficioso. Si una persona dice que gana 1.000 € al mes, y pide un préstamo a 5 años para comprarse un coche de 20.000, le salen una cuotas de 400 euros. El banco va a pensar ¿Y con 600 € puede vivir? Y si piensa que no, pedirá el aval de la pareja, que gana otros 1.000 euros. Pues con 2.000 euros de ingreso, sí se puede hacer frente a cuotas de 400. Esta es la lógica que hay que tener presente:
– Para qué se quiere el préstamo : Consumo, refinanciación de otras deudas, vivienda
– Cuáles son mis ingresos, que capacidad de ahorro tengo y que cuotas he de pagar
– Qué garantías adicionales podría tener / estaría dispuesto a aceptar.
3. ¿Cómo valora el boom de los ‘minicréditos’ con la irrupción de numerosas compañías que las ofrecen?
Personalmente pienso que es un drama social. Sin duda son legales, pero los costes que comportan, escondidos en forma de comisiones para que no se diga que es usura, son exagerados, por no decir brutales. Si lamentablemente alguien necesita 500€ urgentemente, y debe devolver en un mes 655 (equivalente a un 31% de interés mensual) es bastante probable que al vencimiento no tenga esos 655 y entre en una rueda de financiación a un coste extremo. Y si no paga, los costes de demora son más brutales aún. Si se dan estos préstamos con tanta facilidad es porque, aunque falle el 80% de los préstamos, la rentabilidad para el prestamista es del 100%.
4. ¿Cómo valora los últimos datos de morosidad en el sector financiero español?
La morosidad de particulares podemos considerar que ha tocado suelo o está muy próximo a tocarlo. La economía está teniendo un leve repunte, hay menos desempleo (sin entrar en si el empleo es de calidad o no) con lo que hay más ciudadanos con ingresos y, por lo tanto, que pueden atender a sus compromisos de endeudamiento.
5. ¿Qué consecuencias puede tener para un ciudadano el impago?
Cuando se genera un impago o no se atiende una deuda, el primer impacto es ser incluido en un registro de morosos (ASNEF o similar). Cuando vaya a hacer alguna contratación de servicios, no se le dará crédito (entendido como pago a posteriori, como es la luz, el agua o el teléfono). Cuando vaya a pedir financiación de cualquier tipo, desde una tarjeta de crédito a una financiera para comprarse una moto, o a un banco, le van a denegar la petición. Si además se trata de una deuda con una entidad financiera (sea un banco o de otro tipo), habitualmente intervenida por un notario, se va a encontrar con una demanda judicial, contra él y contra los avalistas, y con una pretensión de ejecución de garantías. Todos tenemos presente la ejecución hipotecaria si no se atienden los pagos. Pero igual nos encontramos si lo que no se pagan son las letras del coche. La entidad financiera no quiere un coche ni un piso, quiere el dinero. Y, por lo tanto, el contrato seguramente preverá actuaciones contra el deudor y los avalistas. Esta situación puede llevar a lo que se ha dado en llamar "muerte financiera", pues ninguna entidad o ni empresa le querrá dar crédito.