Si desde el pasado verano las fronteras estaban cerradas en horario nocturno para Colombia, desde este lunes, el Gobierno de Venezuela extiende también la decisión para Brasil y Guyana. A través de de un comunicado en la Gaceta Oficial, el Ministerio de Interior, Justicia y Paz anunciaba que "se ordena al Comando Estratégico Operacional de […]
Dirigentes Digital
| 16 dic 2014
Si desde el pasado verano las fronteras estaban cerradas en horario nocturno para Colombia, desde este lunes, el Gobierno de Venezuela extiende también la decisión para Brasil y Guyana.
A través de de un comunicado en la Gaceta Oficial, el Ministerio de Interior, Justicia y Paz anunciaba que "se ordena al Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (CEOFANB) que gire las instrucciones permanentes a los comandantes de las Regiones de Defensa Integral para restringir el desplazamiento fronterizo de personas y vehículos por vía terrestre aérea y acuática entre las 22.00 y las 5.00 horas".
Esta decisión, tomada el 11 de agosto pretendía tener un plazo de un mes. En cambio, ha sido prorrogada durante tres meses y ahora, parece que será algo indefinido. Con esta medida, Venezuela pretende "resguardar la inviolabilidad de las fronteras, combatir el contrabando y prevenir actividades de personas que pudiesen representar amenazas a la seguridad de la República, de conformidad con los parámetros de actuación de los órganos de seguridad del Estado", según el indica el propio comunicado.
Un coste muy caro
El presidente venezolano, Nicolás Maduro, ya ha indicado que el contrabando le cuesta al país unos 7.200 millones de dólares. De ese total, 5.000 millones son en comercio ilegal de alimentos y 2.200 millones en gasolina. Y es que, por ejemplo, la gasolina se ha convertido en una forma de inversión en el país (el gobierno calcula que entre 50.000 y 100.000 barriles se utilizan para el contrabando) sobretodo aprovechando la frontera con Colombia.
Para reforzar la medida, el Gobierno también informó "a todas las personas naturales o jurídicas, propietarias y conductores de vehículos dedicados al transporte terrestre de carga, la prohibición de la circulación de vehículos de carga y de transporte de mercancías de cualquier rubro, durante el horario comprendido desde las dieciocho horas (18:00hrs), hasta las cinco horas (05:00 hrs), en todos los municipios fronterizos".