A última hora de la noche del miércoles, el Banco de España emitía un comunicado en el que determinaba que, habiéndose producido el impago de depósitos dinerarios vencidos y exigibles, "Banco de Madrid se encuentra en situación de imposibilidad de restituirlos, sin que tenga perspectivas de poder hacerlo en un futuro inmediato. Una vez conocida […]
Dirigentes Digital
| 19 mar 2015
A última hora de la noche del miércoles, el Banco de España emitía un comunicado en el que determinaba que, habiéndose producido el impago de depósitos dinerarios vencidos y exigibles, "Banco de Madrid se encuentra en situación de imposibilidad de restituirlos, sin que tenga perspectivas de poder hacerlo en un futuro inmediato.
Una vez conocida la decisión del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) de no proceder a instar la apertura del proceso de resolución de la entidad y de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto-ley 16/2011, de 14 de octubre, "el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito ha de satisfacer a los titulares de depósitos dinerarios los importes garantizados en los términos fijados reglamentariamente".
Desde el organismo recuerdan que, según el artículo 10 del citado Real Decreto-ley, los depósitos existentes en Banco de Madrid, S.A.U. se encuentran garantizados por el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito, hasta un límite máximo de 100.000 euros por titular de depósito dinerario.
En el comunicado explican que "una vez verificada la información sobre los depósitos dinerarios, el Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito se dirigirá próximamente a todos y cada uno de sus titulares para proceder al pago de los importes garantizados, subrogándose en los derechos de dichos titulares por las cantidades satisfechas", asegurando que los pagos se efectuarán "con la máxima celeridad, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes".
La comisión rectora del FROB, en una reunión celebrada ayer, acordó comunicar al juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid la "no apertura de un proceso de resolución a la entidad Banco Madrid". Esta es la respuesta al auto de este juez, quien reclamó un día antes al FROB que aclarase si quería rescatar o liquidar a la entidad, aunque le daba 14 días para dar una contestación.