En concreto, de las investigaciones previas ha resultado que Vodafone habría suspendido la interconexión hacia ocho números 118XX sin haber aplicado el procedimiento previsto y sin notificarlo con carácter previo ni al operador afectado ni a la CNMC. Algunos de estos números habían sido suspendidos por Vodafone dos años antes por tráficos irregulares, mientras que […]
Dirigentes Digital
| 10 ago 2016
En concreto, de las investigaciones previas ha resultado que Vodafone habría suspendido la interconexión hacia ocho números 118XX sin haber aplicado el procedimiento previsto y sin notificarlo con carácter previo ni al operador afectado ni a la CNMC. Algunos de estos números habían sido suspendidos por Vodafone dos años antes por tráficos irregulares, mientras que respecto al resto de los números Vodafone no ha aportado documentación que acredite la irregularidad de los mismos.
Comportamiento que podría suponer el incumplimiento de su obligación de garantizar la interoperabilidad de los servicios, así como, el incumplimiento de la resolución que aprobaba el procedimiento para la suspensión de la interconexión de numeraciones por tráfico irregular, fijado en una resolución que aprobó la antigua CMT (Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones) en septiembre de 2013.
La CNMC recuerda que no es competencia de Vodafone controlar el uso eficiente de la numeración telefónica.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 12 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.