En los últimos años, son muchas las familias que se decidieron a comprar la casa de sus sueños sobre plano. Sin embargo, su sueño se convirtió en pesadilla cuando tras varios meses e incluso años de espera y, a pesar de haber abonado varias cantidades, nunca les dieron las llaves de su vivienda, quedándose sin […]
Dirigentes Digital
| 14 sep 2017
En los últimos años, son muchas las familias que se decidieron a comprar la casa de sus sueños sobre plano. Sin embargo, su sueño se convirtió en pesadilla cuando tras varios meses e incluso años de espera y, a pesar de haber abonado varias cantidades, nunca les dieron las llaves de su vivienda, quedándose sin casa y sin dinero. Ante esta situación, ¿qué pueden hacer los afectados? La startup legalbono ha elaborado un decálogo con las 10 preguntas que responden a todas las dudas que cualquier persona que se encuentre en esta situación debe saber para recuperar su dinero: 1. ¿Cómo sé si puedo reclamar las cantidades que anticipé al promotor? Para poder reclamar las cantidades abonadas es fundamental que, como establece la Ley 57/68, la vivienda adquirida estuviera destinada a ser el domicilio familiar o a ser una segunda residencia, por ejemplo, una casa en la costa, que se adquiere sobre plano, bien antes de iniciar la construcción o durante la misma, y en la que el promotor y/o vendedor solicitó dinero por anticipado antes de la entrega. En el caso de que se trate de locales comerciales o naves industriales no existe la posibilidad de reclamación. 2. ¿Qué requisitos he de reunir para presentar una reclamación? Lo más importante es que se trate de una vivienda adquirida antes del 1 de enero de 2016. Para poder presentar la reclamación es necesario demostrar que tienes una relación contractual con el promotor, que la propiedad nunca fue entregada y que has realizado ingresos en una cuenta abierta por el promotor en una entidad bancaria. La ley establece que la cuenta debe ser independiente y abierta por el promotor para la construcción de las viviendas, sin embargo basta con que el promotor sea el titular. 3. ¿Qué necesito para justificar mi reclamación? Los documentos indispensables que deberás aportar son el contrato de compraventa del inmueble, los justificantes de los ingresos realizados y el justificante del incumplimiento de la promotora de la entrega del inmueble en el plazo convenido. 4. ¿Dónde presento la reclamación? Las reclamaciones pueden presentarse directamente en el banco que recibió las cantidades abonadas para la compra de la vivienda. 5. ¿Cuál es el plazo de que dispongo para presentar la reclamación? Las acciones deberán emprenderse antes del 6 de octubre de 2020. Si no, prescribirán. 6. Una vez iniciado el procedimiento, ¿cuánto tiempo tardaré en recuperar mi dinero? El tiempo de resolución depende en gran medida de la vía de reclamación que efectivamente proceda. Si se trata de una reclamación extrajudicial al banco puede tardar en resolverse aproximadamente un par de meses. En cambio, si el proceso se realiza por vía judicial puede durar unos dos años. 7. ¿Qué consecuencias tendrá la resolución del contrato de reserva/compraventa? La resolución del contrato supondrá que puedas reclamar las cantidades satisfechas hasta el momento junto con los intereses correspondientes. 8. ¿Qué debo hacer para empezar a recuperar mi dinero? Lo más recomendable es poner el caso en manos de un abogado especializado en la materia de forma inmediata. 9. ¿Cuál es la probabilidad de recuperar mi dinero? En un 99% de los casos, los afectados recuperan todo su dinero. 10. ¿Mi caso es único? No, existen unos 600.000 afectados, tanto españoles como extranjeros, principalmente ingleses y alemanes.