La Audiencia Nacional ha condenado este martes a cuatro directivos de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) por falseo de cuentas de la entidad para maquillar su situación de quiebra durante la crisis económica. Los condenados son los ex directores generales de la caja alicantina Roberto López Abad y María Dolores Amorós Amorós, condenado a tres años de prisión; el ex director general de Planificación y Control, Teófilo Sogorb, con una pena de cuatro años de cárcel y el ex director general de Inversiones y Riesgos Francisco José Martínez, que cumplirá dos años, nueve meses y un día en prisión. Los otros cuatro exdirectivos acusados en la causa, Modesto Crespo, Vicente Soriano, Juan Luis Sabater y Salvador Ochoa, han resultado absueltos. El tribunal acuerda también absolver a la Fundación de la Comunidad Valenciana Obra Social de Caja Mediterráneo (Fundación CAM) Banco Sabadell S.A. y Caja de Seguros Reunidos, Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. (CASER) de las reclamaciones dinerarias que se les venían formulando. La sentencia, de 310 folios, considera probado que los 4 condenados son responsables de reflejar en los estados financieros de la entidad una situación económica de beneficios en lugar de las pérdidas que realmente estaba generando dicha entidad de manera que la Cuenta de Pérdidas y Ganancias Consolidad Pública de Banco CAM en el primer trimestre de 2011 presentada ante el Banco de España arrojaba un resultado positivo del ejercicio ( beneficio) de 39 ‘771 millones de euros que no reflejaban en modo alguno la situación real económica de la Caja cuyos resultados a 30 de junio de 2011, preparados por el FROB fijaban en 1.163,493 millones de euros de pérdidas y un ratio de morosidad del 19%. Las cifras de los estados de balance e informe de los estados financieros, según relata el tribunal en su sentencia, resultaban “irreales y espurias” y esa disparidad de cifras, añade el tribunal, “constituyó uno de los motivos relevantes para la intervención de la entidad, por los riesgos que suponía tal situación para el sistema financiero en su conjunto, aparte de la contravención del principio de seguridad jurídico-contable que ello implicaba”.
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