La remuneración de los ‘gestores UCITS’, bajo lupa de la CNMV

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) publicó el pasado 14 de octubre dos nuevas directrices sobre las políticas remunerativas en la industria, con entrada en vigor el 1 de enero de 2017. Y la CNMV ya ha confirmado que las entidades que operan en España también la cumplirán. Estas directrices establecen los criterios en materia de políticas remunerativas exigibles a los gestores de fondos de inversión armonizados (fondos UCITS). Los cambios van desde el concepto de remuneración, a la identificación de los empleados sujetos a estas normas, el principio de proporcionalidad, la remuneración en gestoras que forman parte de un grupo o teniendo en cuenta la situación financiera de estas entidades, así como el gobierno corporativo de dichas remuneraciones. De los aspectos anteriores, conviene destacar que estas Directrices, a diferencia de las Directrices de remuneración de la Directiva de Gestoras de Fondos de Inversión Alternativas (DGFIA), no proporcionan ningún criterio específico sobre la aplicación del principio de proporcionalidad, limitándose a reproducir la referencia genérica a dicho principio que se contienen en la Directiva de nivel 1. En relación con los empleados afectados, la norma implica a miembros del personal cuyas actividades profesionales tengan un impacto significativo en el perfil del riesgo de la gestora y de los fondos que gestiona, «así como aquel personal de entidades a las que la gestora pudiera haber delegado funciones de gestión de riesgos o de las carteras (miembros del consejo de administración, directivos de la gestión de la cartera, administración, marketing…, personal que ejerce las funciones de control…)», indica el texto. En cuanto a la aplicación del principio de proporcionalidad por parte de las gestoras de fondos UCITS, que no contienen reglas específicas, la CNMV tiene previsto tomar como referencia los criterios recogidos en las Directrices relativas a gestoras de fondos alternativos. Esto implica, por un lado, «la posibilidad de no aplicar ciertas reglas, como la de diferimiento parcial o la de pago de una parte en instrumentos financieros», y de otro «una aplicación adaptada a las características de cada entidad del principio de equilibrio entre los componentes fijo y variable de la remuneración«. Es decir, que el componente fijo debe constituir una parte suficientemente relevante de la remuneración total, aunque la norma no establece ningún límite porcentual. «A este respecto, se considera que este principio de equilibrio, en este ámbito de las gestoras, es compatible con la posibilidad de que la parte variable de la remuneración pueda exceder del doble de la remuneración fija», indican desde la CNMV. También se aplican las normas a aquellas gestoras que formen parte de un grupo bancario y que puedan impactar de forma negativa en el conjunto de ese grupo y en su perfil de riesgo. «La CNMV ha notificado a ESMA su intención de cumplir con las Directrices. Por tanto, la CNMV va a tener muy en cuenta las mismas en sus procedimientos de supervisión», indican desde el organismo supervisor.

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