Con el nuevo año, no solo han subido los precios y los impuestos. Además, resulta más costoso jubilarse anticipadamente de manera voluntaria. La primera parte de la reforma de las pensiones pactada entre el gobierno, dirigentes y sindicatos penaliza a todas aquellas personas que quieren retirarse a partir de los 64 años y un mes […]
NacionalDirigentes Digital
| 18 ene 2022
Con el nuevo año, no solo han subido los precios y los impuestos. Además, resulta más costoso jubilarse anticipadamente de manera voluntaria. La primera parte de la reforma de las pensiones pactada entre el gobierno, dirigentes y sindicatos penaliza a todas aquellas personas que quieren retirarse a partir de los 64 años y un mes en 2022, pero antes de lo que le tocaría por ley.
Se elevan, por tanto, lo que se conoce como coeficientes reductores, que cambian además de temporalidad, mientras que también se castiga a aquellos con larga carreras de cotización. Es decir, si usted quiere jubilarse anticipadamente, la cuantía de su pensión será menor que la que hubiera recibido hace unos meses en las mismas condiciones.
El objetivo de estos cambios es desincentivar esta modalidad, la de la jubilación anticipada voluntaria, a pesar de que los desempleados mayores de 50 años suponen casi un millón de los algo más de 3,41 millones de parados que hay en España, más del 27% del total. Y también que la edad real de jubilación media en nuestro país, 64 años y 6 meses se acerque más a la legal: 66 años y 2 meses en 2022.
MÁS PENALIZACIÓN PARA LA JUBILACIÓN ANTICIPADA
Este año con esa parte inicial de la reforma de las pensiones, jubilarse anticipadamente y de forma voluntaria significa cobrar menos que en 2021 en la pensión, aunque la profundidad de los coeficientes reductores está en línea con el periodo cotizado. Cuánto más se haya cotizado, menor será la penalización por jubilarse antes.
Aunque el primer cambio viene dado por cómo se contabiliza esa reducción. Ya no será trimestral, como hasta ahora, sino mensual. A mayor número de meses de jubilación anticipada, menos se cobra en la pensión.
Así para largas carreras, aquellas personas que hayan cotizado 44 años y medio o más, la reducción va desde el descuento del 2,81% si se jubila un mes antes de lo que le toca hasta un 13% si lo hace con dos años de antelación. Si ha cotizado menos de esos años, el recorte será de entre un 2,96 y un 17%.
El siguiente supuesto se refiere a aquellas personas que hayan pagado a la Seguridad Social menos de 41 años y 6 meses, donde los coeficientes van desde el 3,11% hasta el 19%. Y el último caso pasa por los ciudadanos cuya cotización sea menor de 38 años y 6 meses: anticipar en un mes su jubilación les restará de su pensión un 3,26% y si lo hacen con dos años de anticipación, les penalizará un 21%.
MÁS CAMBIOS EN LAS PENSIONES
Otra de las modificaciones fundamentales de esta ley de pensiones alcanza a que el recorte de esos coeficientes se realiza directamente sobre la pensión a percibir y no como antes, que se establecía sobre la base reguladora, por lo que penaliza en mayor medida a los que tengan derecho a la percepción de una cuantía máxima.
Si miramos a la jubilación involuntaria anticipada, la que obliga a aquellos a los que despiden, se puede establecer hasta cuatro años antes de la edad legal, pero las reducciones máximas, en función como en el caso voluntario de la edad con la que uno se retire, conllevará penalizaciones de entre el 24 y el 30%, mientras que si se trata de jubilarse un año antes el recorte alcanzará entre el 4,75 y el 5,5%.
Sin embargo, se premiará con un incentivo de un 4% más en la pensión a aquellos que, llegada su edad de jubilación legal, opten por seguir trabajando, lo que sin duda contrasta con la penalización por jubilarse con un año de antelación: la reducción irá desde el 4,75% al 5,5%, de mayor cuantía que el premio por mantenerse en el empleo.
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