Por incongruente que parezca, en España, renunciar a una herencia es más frecuente de lo que se tiende a pensar. Dar de lado aquellos bienes que un familiar o una persona allegada ha dejado a uno mismo, puede suponer un motivo de alegría pero también unos gastos imprevistos que, en muchos casos, puede suponer la […]
NacionalDirigentes Digital
| 20 ene 2022
Por incongruente que parezca, en España, renunciar a una herencia es más frecuente de lo que se tiende a pensar. Dar de lado aquellos bienes que un familiar o una persona allegada ha dejado a uno mismo, puede suponer un motivo de alegría pero también unos gastos imprevistos que, en muchos casos, puede suponer la reclinación de la misma.
En la presentación de su libro, el abogado Abel Marín Riaguas, habla de los principales motivos que lleva a una persona a dar de lado lo heredado, pero también aconseja sobre cómo evitar y solucionar errores en los testamentos. Una guía práctica para el ciudadano de a pie que se ve obligado a hacer frente a una serie de gastos y preocupaciones que, sumado a la tristeza por la pérdida de un ser humano, equipara la balanza con lo obtenido de la decisión final del fallecido.
En primer lugar, asegura Marín, es fundamental que el beneficiario sea conocedor de que al renunciar a una herencia, esta ha de ser total. Ante notario, el interesado debe declarar de forma total y expresa, la reclinación. No será posible hacerlo de forma parcial, eligiendo los bienes que más interesen o mayor beneficio causen, sino que se hará efectivo a través de una mera representación legal en un par de folios aconsejados por el experto. Todo ello una vez que el causante haya fallecido.
El problema nace cuando una declinación no se hacer de manera pura y simple, ya que entra en juego la especulación y con ello, el no poder medir todo el capital en juego. Por todo ello, debe estar debidamente argumentada y meditada, sabiendo que una renuncia semejante es irrevocable.
Pero, realmente, ¿qué es lo que empuja a una persona a reclinar una sucesión de bienes? El letrado lo acecha a dos principales razones: humanas y económicas.
Declinar una herencia por motivos humanos, es una de las principales causas en nuestro país. Renunciar a esos bienes a favor de un familiar en condiciones más desfavorecidas o, simplemente, por un motivo más sentimental como puede ser hacerlo a favor de una madre.
Sucede en un menor número de ocasiones, pero también se puede dar el caso contrario, que el heredero renuncie por una mala relación familiar, más allá de la trascendencia emocional y psicológica que supone.
El motivo económico, sin embargo, abarca muchos más puntos a tener en cuenta por parte del heredero.
Por otro lado, y quizás uno de los principales causantes de las renuncias de las herencias, es la cantidad de impuestos a los que el heredero se debe hacer frente. Ello sin contar el agravante al que se hace frente dependiendo por el pago de impuestos según a la comunidad autónoma pertinente de cada herencia. De ahí que se hable de un sesgo ideológico palpable en lo que el letrado califica por “estados desunidos de España” en lo que concierne al llamado “impuesto de la muerte”.
Todos estos pagos suponen una serie de gastos inasumibles para muchos herederos que declinan su derecho a poseer los bienes por motivos económicos. Desde el 2020, debido a la crisis socio-sanitaria existente, el aumento de renuncias por motivos relacionados directamente por la Covid, supuso un aluvión de renuncias.
Este abusivo pago de impuestos, según declara Marín Riaguas, debería ser eliminado y ser imputado, simplemente, en la Declaración de la Renta como una mera escala más dentro del impuesto del IRPF. “El sistema tributario debe simplificarse”, señala. “Tributar por la mera tenencia es un abuso”.