El Parlamento español ha aprobado la nueva ley para startups, que regula la figura (y el visado) de los nómadas digitales. Además, planea reducir el Impuesto sobre Sociedades para este tipo de trabajadores que decide asentarse en España, del 25 al 15 por ciento en los primeros cuatro años de su estancia en territorio nacional. […]
NacionalDirigentes Digital
| 11 nov 2022
El Parlamento español ha aprobado la nueva ley para startups, que regula la figura (y el visado) de los nómadas digitales. Además, planea reducir el Impuesto sobre Sociedades para este tipo de trabajadores que decide asentarse en España, del 25 al 15 por ciento en los primeros cuatro años de su estancia en territorio nacional. Esta nueva Ley entrará en vigencia en enero de 2023.
La legislación tiene como objetivo abrir España a nuevos talentos en todos los ámbitos de la economía. En relación con los denominados nómadas digitales, el texto simplifica los trámites a realizar para residir en España y reduce la carga fiscal. Así, dentro de las disposiciones de la Ley, destaca la creación de un visado para trabajadores en remoto del extranjero, similar al que ya opera en Portugal.
Los titulares del visado disfrutarán de un tipo reducido del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR). En lugar de pagar la tasa habitual del 25 %, estos abonarían solo el 15 % durante un máximo de cuatro años. En cuanto al tiempo de estancia permitido, los nómadas digitales podrán permanecer y trabajar en el país hasta 12 meses. Una vez finalizada su estancia legal, podrán prorrogarla dos años y, posteriormente, hasta otros cinco años adicionales. Además, los interesados podrán incluir en las disposiciones del visado a familiares cercanos.
Los extranjeros de terceros países podrán solicitar este tipo de visado si trabajan para empresas radicadas fuera de España y siempre que no hayan sido residentes hayan residido en el país durante los cinco años previos. Para acogerse al mismo, el trabajo realizado para empresas españolas no podrá superar el 20% del total. Además, deberán acreditar que han teletrabajado durante al menos un año, que el trabajo se pueda realizar a distancia y que haya tenido una relación profesional con la empresa durante al menos tres meses. Si son autónomos, deben trabajar con al menos una empresa fuera de España y que esta permita la modalidad de teletrabajo.
Por último, este visado está reservado para profesionales altamente cualificados (con titulación universitaria o de postgrado) con una experiencia laboral mínima de tres años y que puedan demostrar autosuficiencia económica (se debe tener unos ingresos mínimos que, según se especula, deberán ser superiores a los 2.000 euros).
España no es el único país que ha puesto el ojo en los trabajadores en remoto altamente cualificados. En los últimos años, una serie de países ha legislado para atraer a este perfil de personas.
Chile fue una de los pioneros a través del programa Start-Up Chile, que ofrecía visas y ayudas a los emprendedores de otros países que se instalaran en su territorio.
Pero ha sido a raíz de la pandemia cuando más países se han sumado a esta tendencia. La principal diferencia es la cantidad mínima exigida para establecerse en cada uno de ellos. Brasil, por ejemplo, pide acreditar unos ingresos mínimos de 1.500 dólares, mientras que los Emiratos Árabes Unidos exigen 5.000. En un rango intermedio, se encuentran la mayoría de las naciones europeas que se han lanzado a la búsqueda del talento internacional, como Malta (2.700€) o Estonia (3.504€). Se trata de un fenómeno que no dejará de crecer en Europa, ya que otros países, como Italia y Grecia están diseñando ya sus propias normativas.