Respecto de Bernad y su estado de salud, la Sala considera que "en este momento la edad de 74 años sin constancia de flaquezas físicas importantes no es causa para modificar la medida en atención a los graves delitos imputados".
Agrega, además, que "por mucho que se esfuerza la parte desgranando la declaración exculpatoria de su patrocinado y las referencias a dos testigos, de momento el juicio de la imputación es muy provisional y no ha sido desvirtuado de manera patente".
En el auto relativo a Pineda, los magistrados rechazan que el arraigo en España alegado por el investigado sea causa suficiente para modificar la situación de prisión en la que se encuentra, atendiendo a la gravedad de los delitos que se le atribuyen, así como el escaso tiempo transcurrido a lo largo de la investigación.
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