En los últimos meses, se han realizado importantes modificaciones en la normativa financiera de Planes de Pensiones: liquidez a diez años sin necesidad de causas excepcionales, entrega obligatoria de información relevante antes de suscribir el Plan de Pensiones (Documento de Datos Fundamentales del Partícipe), o una reducción en las comisiones máximas de gestión (25%) y de depósito (50%).
Todas estas modificaciones financieras, junto con la reducción en base imponible del IRPF (hasta 8.000 euros anuales, adicional a la realizada a favor del cónyuge hasta 2.500 euros), hacen de este instrumento el vehículo más idóneo para canalizar el ahorro de la jubilación.
LIQUIDEZ
En 2014, el Gobierno aprobó un nuevo supuesto de liquidez para los partícipes de los Planes de Pensiones, sin necesidad de justificar razones excepcionales, junto a los actualmente existentes de enfermedad grave (en los últimos cinco años se han pagado 170 millones de euros), desempleo de larga duración (en los últimos cinco años se han pagado 2.000 millones de euros), desahucio de la vivienda habitual y dependencia.
En los Planes de Pensiones Individuales y Asociados se podrá disponer de los derechos consolidados correspondientes a aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2015 una vez que éstas tengan 10 años de antigüedad. También se podrá disponer del ahorro que el partícipe tuviese a 31 de diciembre de 2014 una vez que transcurran 10 años.
Esta nueva ventana de liquidez permitirá a los partícipes más jóvenes evitar el inconveniente que suponía el principio general de iliquidez del patrimonio ahorrado, salvo los puestos ya mencionados, especialmente durante los primeros años de vida laboral.
RENTABILIDAD
La rentabilidad de los Planes de Pensiones se calcula en base a su valor liquidativo (único), en el que están deducidos todos los gastos que soporta el partícipe, por lo que la rentabilidad calculada es NETA de comisiones y gastos (no ocurre lo mismo con otros productos financieros).
Según la última información disponible de octubre de 2015, la rentabilidad anual media ponderada en los últimos doce meses de los Planes de Pensiones es del 3,3%, a pesar del negativo comportamiento del mercado en el tercer trimestre del año. En los plazos largos, la rentabilidad de los Planes de Pensiones españoles a 25 años, es del 4,8% media anual acumulativa. Es decir, la rentabilidad acumulada de las aportaciones a Planes de Pensiones, realizadas hace 25 años es del 223%, mientras que la inflación media anual en este período fue sólo del 2,8%.
En su publicación anual "Pension Markets in Focus", la OCDE describe y compara la rentabilidad neta real (deducida la inflación) de los Planes de Pensiones de todos los países de la OCDE. En los cuadros de la página siguiente se refleja que en los dos últimos años, los Planes de Pensiones en España se colocaron en los primeros puestos por rentabilidad de entre todos los países de la OCDE.
COMISIONES
En 2014, el Gobierno redujo las comisiones máximas legales de gestión y depósito (2% y 1,5%, respectivamente) para adaptarlas a la situación de los mercados financieros. La modificación de dichos límites ha supuesto una disminución muy relevante de las comisiones efectivamente soportadas por las partícipes. Así, la comisión de gestión media realmente aplicada ha descendido desde el 1,5% anual (anterior a la bajada de comisiones) hasta el 1,2% actual, mientras que la comisión de depósito efectiva disminuye desde el 0,20% anterior hasta el 0,15% actual.
SEGURIDAD
Los Fondos de Pensiones son patrimonios separados e independientes del balance de las entidades Gestoras y depositarias.
Tanto las aportaciones a Planes de Pensiones, que son propiedad de los partícipes, como los valores en los que invierten los Fondos de Pensiones, que son custodiados por las entidades depositarias, disfrutan de absoluta seguridad. En caso de insolvencia de la depositaria o de la gestora, el Fondo de Pensiones no se disuelve y se sustituyen (Gestora o depositaria) por otra entidad, sin afectar, por tanto, a la situación del partícipe. En julio de 2015 se aprobó la modificación de la Ley Concursal, en la que se reconoció de forma expresa el carácter de ley especial de la Ley de Planes y Fondos de Pensiones en caso de concurso.
TRANSPARENCIA
El Real Decreto 681/2014, de 1 de agosto, ha aumentado la transparencia en los Planes de Pensiones al establecer la información esencial que preceptivamente recibe el partícipe antes de contratar un Plan de Pensiones Individual a través del documento de datos fundamentales para el partícipe.
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