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La banca ataca la sentencia del Supremo

Las entidades financieras españolas presionan en la misma dirección para que la sentencia del Tribunal Supremo acerca de los Actos Jurídicos Documentados (AJD) les repercuta lo menos posible. El coste estimado por analistas como Société Générale, Goldman y JP Morgan se encuentra entre los 2.800 hasta los 7.100 millones en caso de que el Supremo […]

Nacional

Dirigentes Digital

29 oct 2018

Las entidades financieras españolas presionan en la misma dirección para que la sentencia del Tribunal Supremo acerca de los Actos Jurídicos Documentados (AJD) les repercuta lo menos posible. El coste estimado por analistas como Société Générale, Goldman y JP Morgan se encuentra entre los 2.800 hasta los 7.100 millones en caso de que el Supremo aplique la retroactividad a los contratos firmados desde el momento en que entró en vigor la ley que regula este impuesto.

Este es el principal escollo contra el que tratan de luchar los bancos a título personal, por una parte, pero también haciendo frente común. CECA, AEB y UNACC se defienden de una manera clara: este impuesto lo recibe el estado. “Los bancos no han cobrado a sus clientes ninguna cantidad por este concepto”, alegan.

Los bancos, por su parte, piden que se aclare qué sucederá por la incertidumbre que ha provocado la sentencia y su posterior puesta en suspenso. El consejero delegado de Bankia, José Sevilla, cree que “hacer las cosas de acuerdo a la norma no debería de implicar ningún tipo de penalización a pasado”, según declaró en la rueda de prensa para reportar los resultados de su entidad.

Por su parte, su homólogo en CaixaBank, Gonzalo Gortázar, considera que los bancos actuaron conforme a la ley, por lo que “no tiene sentido penalizar” esta actividad. Esa explicación va en línea con la retroactividad prevista por la sentencia del Supremo y está fundamentada en que “las entidades bancarias no han sido quienes han ingresado el impuesto, han sido las administraciones tributarias”, afirmó en la presentación de resultados.

En el caso de Banco Sabadell, su presidente, Josep Oliu, mostró su confianza en que la sentencia sea “reconsiderada”. Con respecto a la cuestión de la retroactividad, ve de “sentido común” que no se aplique por que los bancos no tienen “por qué sufrir las consecuencias de un cambio de criterio”.

El Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se aprobó en 1995 e indicaba que era el cliente quien debía pagar el impuesto. El razonamiento de la banca en esta línea es que se establecen bonificaciones en función de las circunstancias de los clientes, lo que indica que la ley les ampara en esa defensa. Por otra parte, los bancos sostienen que la ley establece que la aplicación de una sentencia se produce después de su publicación, sin efecto retroactivo.

Aquí las principales asociaciones de banca argumentan que su punto de vista está basado en el principio de seguridad jurídica, “en lo que se fundamenta nuestro estado de derecho”, afirman. Por otra parte, no solo España recoge en sus leyes que el pago de ese impuesto debe hacerlo el cliente. En Francia, Italia, Luxemburgo, Portugal y Austria, los clientes son quienes deben pagar el impuesto.

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