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"El objetivo de la Ley de Startup debe ser crear un ecosistema de emprendimiento amable para emprendedores e inversores", Fernando Moroy

El pasado 22 de diciembre de 2022 el BOE publicaba la nueva Ley de Startups. Un decreto a favor del emprendimiento y las empresas emergentes en consonancia con otras similares como la Ley Crea y Crece o la “Ley del Sandbox”. En esta ocasión, el encargado de hacer un análisis exhaustivo desde una perspectiva más […]

Emprendimiento

Dirigentes Digital

13 feb 2023

El pasado 22 de diciembre de 2022 el BOE publicaba la nueva Ley de Startups. Un decreto a favor del emprendimiento y las empresas emergentes en consonancia con otras similares como la Ley Crea y Crece o la “Ley del Sandbox”. En esta ocasión, el encargado de hacer un análisis exhaustivo desde una perspectiva más financiera fue Fernando Moroy, doctor en Ciencias Económicas y Empresariales, presidente de la Red Business Angels Keiretsu de San Francisco en Madrid, entre otros cargos de relevancia.

Un excelente momento para innovar e invertir

“Estamos en el mejor momento de la historia para emprender en Europa”, así comenzaba Moroy su simposio en la Asociación Madrid Network. Para el experto, el excelente talento existente en nuestras fronteras, la creciente infraestructura tecnológica y las positivas condiciones económicas que aún permiten invertir generan unas condiciones más que perfectas para el emprendedor e inversor.

Así lo demuestran los datos ofrecidos durante la comparecencia. 2022 cerró el año con una inversión de 3.365 millones de euros en startups españolas, muy por encima del periodo de 2018 a 2020 que rondaba los 1.000 millones, aunque algo por debajo de 2021 que la cifra superó los 4.000 millones. España es incluso cuna de Unicornios de reconocimiento mundial y 2023 parece seguir en esa línea.

El valor del ecosistema de emprendimiento

La Ley de Startups ha tenido un largo proceso hasta su puesta en marcha, tan solo un día después de su publicación en el BOE. “Faltan ciertos desarrollos reglamentarios o de órdenes ministeriales para aclarar conceptos” afirma Moroy, puntualizando que “que estén incluidos en el escrito, ya implican obligatoriedad”.

Sus objetivos no deben ser otros que el de crear un ecosistema de emprendimiento “amable” para emprendedores e inversores en todos los aspectos (fiscalmente, administrativamente, con la captación del talento que se ha ido y el que está comenzando…).

La calidad de un país es equiparable a la riqueza de sus empresas”, señalaba el especialista. Para ello, son las propias ciudades las que tienen que darse cuenta del poder que tienen para generar riqueza a través de las empresas emergentes puesto que “no se juega a nivel nacional, sino a un nivel muy local, teniendo en España las mejores características para ello”.

Principales novedades de la Ley de Startups

A falta de una orden ministerial que estipule las características de aquellas empresas emergentes con siete años de vida que puedan acogerse a la Ley 28/2022, en general, hace referencia a startups de nueva creación o con fecha de constitución anterior a cinco años. Anteriormente, eran empresas de menos de tres años, por lo que es posible que existan algunas que la nueva ley incluya por sus rasgos especiales.

Otra de las características a tener en cuenta es que la nueva ley exige ser empresa innovadora. Se trata de un sello otorgado por la Empresa Nacional de Innovación S.A., ENISA, que la startup deberá obtener tras el desarrollo de un formulario. Aún pendiente de desarrollo a fecha de esta publicación y, por ende, sin saber en qué van a consistir las preguntas para la empresa emergente, lo mejor de ello, según Fernando Moroy, es que, si a los tres meses de completar dicho formulario no se obtiene contestación alguna de la empresa pública, la startup obtiene automáticamente el certificado de innovación.

Además, la empresa emergente no deberá distribuir dividendos, no surgir de una reestructuración societaria, tener más del 60% de la plantilla con contrato en España y contar con la sede social en territorio español.

Se considerará empresa emergente hasta que no se reúna alguna de las anteriores condiciones, cotizar en bolsa, haber sido adquirido por otra empresa o alcanzar los 10 millones de euros en volumen de negocio, anteriormente eran 5M, son las otras modificaciones del renovado estatuto.

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