Es frecuente que en los meses de verano la actividad laboral se vea mermada en varios sectores con motivo de las vacaciones. Es por ello que muchos profesionales, especialmente autónomos, toma la decisión de suspender temporalmente su cuota a la Seguridad Social por no resultarle rentable al prever pocos ingresos. Pero, ¿conoce los pros y […]
AutónomosDirigentes Digital
| 02 ago 2023
Es frecuente que en los meses de verano la actividad laboral se vea mermada en varios sectores con motivo de las vacaciones. Es por ello que muchos profesionales, especialmente autónomos, toma la decisión de suspender temporalmente su cuota a la Seguridad Social por no resultarle rentable al prever pocos ingresos. Pero, ¿conoce los pros y contras de esta decisión? ¿Puede cualquier autónomo darse de baja por un periodo de tiempo concreto? ¿Con qué posibilidades cuenta?
Lo primero que debe hacer es asesorarse correctamente sobre su situación y si le resulta rentable o no darse de baja para poco después volver a pagar una cuota, sin saber si le resultará más costosa. Es importante además prestar atención a las fechas de tramitación para no tener que asumir las consecuencias por parte de la Tesorería General.
Con el nuevo sistema de cotización para autónomos instaurado al inicio de 2023, la cuota a pagar varía según los ingresos reales obtenidos, siendo el mínimo a pagar 230 euros y el máximo 1.267 euros por trabajador adscrito al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Esta novedad dificulta calcular el ahorro que supone suspender el pago de la contribución establecida por lo que tendría que hacer una previsión de lo que ganaría durante el tiempo que quiere estar dado de baja y lo que pagaría a Hacienda en esos meses. El resultado de esa multiplicación será el ahorro que obtendrá durante ese periodo.
Si la previsión de ingresos en los meses de verano es inferior a lo que le corresponde pagar en su cuota a la Seguridad Social como autónomo, esta medida, le beneficiará en sus cuentas. Sin embargo, si el resultado es similar o incluso igual, debe valorar seriamente si esta decisión le beneficiará o no, ya que permaneciendo con su alta de autónomo podrá seguir facturando por su actividad laboral.
Los trámites burocráticos es uno de los grandes lastres si quiere cesar su actividad como autónomo temporalmente. Debe saber que además de en Hacienda, debe darse de baja también en la Seguridad Social y, sobre todo, es muy importante tener en cuenta que la Administración no diferencia entre baja temporal o definitiva, por lo que hay que ser minucioso en los pasos a seguir cada vez que quiera iniciar o paralizar su actividad.
A través del modelo 036 o el modelo 037, dependiendo de su situación laboral, podrá proceder a darse de baja como autónomo en la Agencia Tributaria. Es muy importante saber que si está dado de alta en diferentes epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) deberá darse de baja en todos ellos.
Recuerde que las declaraciones trimestrales son obligatorias independientemente de si suspende su actividad como autónomo o no. Si decide darse de baja en Hacienda en junio, por ejemplo, deberá igualmente hacer su declaración de los modelos tributarios en octubre. Para no tener que liquidar esos impuestos más adelante, muchos autónomos prefieren darse de baja el mes coincidente con el trimestre.
Puede tramitar su baja en la Seguridad Social bien a través del modelo TA.0521, de forma presencial en su oficina correspondiente de la Tesorería General, o de manera online a través de la web de la Seguridad Social. En este último caso, es necesario disponer de un certificado digital como el DNI electrónico o la firma electrónica.
Para hacer efectiva su baja en la Seguridad Social deberá abonar la parte proporcional de su cuota de autónomos según los días trabajados del mes. Esto es posible hacerlo un máximo de tres veces al año, sino, estará obligado a pagar íntegramente la cuota sin importar el día en el que se gestione el cese de su actividad como autónomo, aunque no exista un máximo estipulado de veces que un autónomo puede darse de alta y de baja debido a la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo.
Antes de darse de baja como autónomo por unos meses, es muy recomendable valorar bien todos los escenarios posibles además de calcular una estimación de lo que costaría, económicamente, esa decisión.
Si como trabajador autónomo dispone de algún tipo de bonificación, en el momento en que dé de baja su actividad laboral en la SS se pierde el derecho a seguir disfrutando de ella. Un ejemplo es la Tarifa Plana de autónomos que se puede disfrutar durante un máximo de dos años.
Asegúrese de tener en cuenta todas las bases de la convocatoria de las subvenciones recibidas durante su ejercicio como autónomo. Algunas de estas ayudas exigen una permanencia para poder disfrutarla.
Recuerde también que, durante el tiempo que no esté dado de alta como autónomo, no podrá emitir facturas en el caso de realizar algún trabajo ya que no está pagando la cuota correspondiente por su actividad.