La llegada de la Navidad supone inversiones adicionales para las empresas y, también, para los profesionales por cuenta propia. Pero, ¿conoces cuáles son exactamente los gastos deducibles para autónomos y cómo se tributan? A continuación, te hablamos de ello. ¡Toma nota! En primer lugar, es importante tener en cuenta que para que este tipo de […]
AutónomosDirigentes Digital
| 16 dic 2022
La llegada de la Navidad supone inversiones adicionales para las empresas y, también, para los profesionales por cuenta propia. Pero, ¿conoces cuáles son exactamente los gastos deducibles para autónomos y cómo se tributan? A continuación, te hablamos de ello. ¡Toma nota!
En primer lugar, es importante tener en cuenta que para que este tipo de gastos puedan considerarse deducibles, deben estar plenamente integrados en los usos y costumbres de la empresa. Esto implica que deben ser justificables y, además, deben declararse periódicamente cada año.
En el caso de las cenas de Navidad, podrán ser susceptibles de deducciones siempre que pueda acreditarse que forman parte de la cultura corporativa del negocio y, por tanto, se celebran con periodicidad anual. Si nos encontramos ante una cena de empresa que se celebra por primera vez, existen muchas probabilidades de que su deducción genere algún tipo de problema con Hacienda, por lo que es preferible esperar un par de años antes de hacerlo para poder demostrar que se trata de un elemento característico e implementado en la cultura corporativa de la empresa. En este tipo de situaciones, lo más aconsejable es solicitar asesoramiento a profesionales en temas fiscales y contables, como la gestoría online para autónomos Declarando, para evitar posibles problemas con Hacienda.
Por otra parte, aquellas comidas o cenas que se celebran con integrantes de otras empresas, también pueden ser deducibles. No obstante, deberán cumplir el requisito de que sean necesarias para llevar a cabo algún tipo de actividad en el seno de la empresa pagadora. Por ejemplo, una cena asumida por el propio autónomo que sirve como preámbulo para cerrar un proyecto con un tercero, se convierte, de forma automática en un gasto deducible.
Con relación a las cestas Navidad que muchos autónomos tienden a utilizar para felicitar a sus empleados, clientes o proveedores, debemos saber que también son un gasto deducible. No obstante, tal y como ocurre con las cenas, el autónomo está obligado a acreditar que la naturaleza de dicho coste está directamente vinculada con los usos y costumbres del negocio y que, por tanto, constituyen un hábito mantenido a lo largo con periodicidad anual. Lógicamente, en el momento de declarar dichos gastos, deberá dejarse constancia de que bajo ningún concepto se trata de un producto que se esté comercializando. Esto implica, por tanto, que dentro de dichos regalos no puede figurar ninguno de los productos o servicios que integran la oferta del autónomo. Si, por ejemplo, el modelo de negocio se basa en la comercialización de cava y desea incluirse este producto dentro de la cesta, necesariamente deberá ser adquirido de un tercero.
Por otro lado, un autónomo tiene derecho de deducirse el gasto de un producto que, a pesar de ser un componente poco común dentro de las cestas convencionales de navidad, (por ejemplo, una tablet), se integra dentro de los usos y costumbres del propio negocio. Esto significa que si, por ejemplo, un trabajador por cuenta propia, ha insertado dentro de las cestas navideñas que regala a sus empleados productos de categorías poco convencionales, estos adquirirán el rango de gasto deducible.
La distribución de regalos corporativos o tarjetas de felicitación navideñas también constituyen un gasto deducible en concepto de IVA e IRPF si bien el autónomo debe demostrar que estos están directamente vinculados con su actividad profesional, bien porque (en el caso de las tarjetas de felicitación) se esté llevando a cabo una estrategia de fidelización de los clientes o bien porque (en el caso de los regalos corporativos) sirvan como un recurso promocional en el que, por cierto, obligatoriamente, deberá aparecer el logotipo de la empresa.
Por último, la compra de décimos de lotería para clientes es, desde el punto de vista fiscal, legítimamente deducible aunque su límite se sitúa en un 1% del importe neto de la cifra de negocios registrada a lo largo del período impositivo.