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Pyme, esto debe saber para solicitar un préstamo avalado por el ICO

A medida que la curva de contagiados por coronavirus parece dar síntomas de decrecimiento, hay otra curva que va en aumento según pasan las semanas: la económica. El parón de la actividad de manera repentina ha provocado que muchas compañías se queden sin oxígeno con el que mantener su cuenta de resultados a flote y, […]

PYMES

Dirigentes Digital

13 abr 2020

A medida que la curva de contagiados por coronavirus parece dar síntomas de decrecimiento, hay otra curva que va en aumento según pasan las semanas: la económica. El parón de la actividad de manera repentina ha provocado que muchas compañías se queden sin oxígeno con el que mantener su cuenta de resultados a flote y, con ello, su existencia una vez que finalice esta situación. En este escenario, una de las medidas que puso en marcha el Gobierno fue el despliegue de una línea de avales hasta un máximo de 100.000 millones de euros, con el objetivo de “apoyar” a las empresas y autónomos españoles y “garantizar el acceso a la financiación necesaria para mantener la actividad y el empleo”.

Apenas cinco días después de la activación del primer paquete de 20.000 millones, el Ejecutivo se vio obligado a ofrecer un segundo tramo de la misma cantidad. Si bien desde el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital comentan que aún “no se ha absorbido totalmente la primera cantidad”, con esta decisión pretenden asegurar que las entidades de crédito puedan “mantener el ritmo” de concesión de préstamos con aval público. Lo que refleja la falta de liquidez que enfrenta el tejido empresarial español.

Con los datos que maneja el órgano encabezado por Nadia Calviño, hasta el pasado viernes, 10 de abril, las entidades financieras habían registrado en el Instituto de Crédito Oficial (ICO), más de 44.000 operaciones por un importe avalado superior a los 3.500 millones. Aunque se mantienen casi todos los requisitos, sí que aumenta la cantidad destinada a pymes y autónomos, que ha pasado de ser del 50% al 100%. Es decir, la segunda línea solamente va enfocada a los agentes citados, al considerar “que son los que más requieren de este apoyo en la actualidad”.

Los trabajadores por cuenta propia y las pequeñas y medianas empresas pueden acceder a ellas a través de los bancos, con la formalización de nuevas operaciones de financiación o de renovación de las existentes. Desde el ICO remarcan que solamente operan en esta línea establecimientos financieros de crédito, entidades de crédito, de dinero electrónico o de pagos que hayan suscrito previamente con este organismo un acuerdo para participar en esta iniciativa.

Atender las necesidades de financiación

En un documento elaborado por el banco público, con esta inyección de liquidez se pretende contribuir a paliar los efectos económicos derivados del COVID-19 y el mantenimiento del empleo, por lo que se encuentra enfocada a atender las necesidades de financiación, tales como pago de las nóminas, facturas de proveedores pendientes de liquidar, alquileres de locales, oficinas e instalaciones, gastos de suministros o necesidad de efectivo, entre las que se incluyen las derivadas del vencimiento de obligaciones financieras o tributarias. Eso sí, remarcan que, en ningún caso, servirán para unificar y reestructurar préstamos o para cancelar o amortizar de manera anticipada las deudas existentes previamente. No obstante, será la compañía bancaria la que decida si otorga o no el préstamo y esta no podrá condicionar su aprobación a la contratación de cualquier producto o servicio.

En este sentido, no podrán beneficiarse de este programa las compañías y autónomos que se encontraran en procedimiento concursal antes del 17 de marzo o figuren en situación de morosidad en los ficheros de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE) a finales de 2019. Tampoco las que atravesaran una situación de crisis a cierre del ejercicio anterior.

Hasta un máximo de 1,5 millones

Con una cobertura del aval del 80% para pymes y autónomos, la duración de este respaldo coincidirá con el plazo de la operación, hasta un total de cinco años. La letra pequeña es que no ofrece cobertura al pago de intereses, comisiones u otros gastos inherentes a las operaciones. Pese a ello, remarcan que el beneficio del aval público deberá trasladarse en forma de mayor financiación, menores intereses o mayor plazo, entre otros.

El citado informe recoge que todos los sectores pueden beneficiarse de esta medida por un importe máximo de 1,5 millones o el límite que corresponda en esa área de actividad específica como agricultura, pesca y transporte por carretera de mercancías en función de lo establecido por la normativa comunitaria.

Por su parte, las entidades financieras pueden solicitar garantías para los préstamos y operaciones suscritas con autónomos y empresas que fueran formalizados o renovados entre el 18 de marzo y el 30 de septiembre de 2020. Tiempo que podrá ampliarse si así lo decide el Gobierno en el Consejo de Ministros.

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