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¿Qué está pasando con los CFDs? La CNMV los acorrala y los brókeres los limitan

Los brókeres han dejado de ofrecer CFDs a los nuevos clientes ante la regulación de la CNMV.

Patricia Malagón

05 nov 2024

cfd

Los CFDs son un producto financiero que ha levantado siempre urticaria entre los reguladores. Desde la prohibición que hizo Bélgica a las medidas tomadas por la propia CNMV en España. Precisamente, la decisión del regulador español ha llevado a los brókeres a dejar de ofrecer estos productos para los inversores minoristas que se registrasen a partir del mes de agosto de 2024. Pero, ¿qué está pasando exactamente?

¿Qué son los CFDs?

Realmente, estos instrumentos lo que permiten es especular sobre los movimientos de precios de un activo sin poseerlo directamente. Al negociar un CFD, el inversor acuerda con el bróker intercambiar la diferencia en el precio de un activo entre el momento en que se abre la posición y el momento en que se cierra.

El problema suele llegar cuando se opera con apalancamiento, que suele provocar grandes pérdidas para el inversor. De hecho, según la CNMV, el 90% de los usuarios pierden dinero con estos productos.

Un CFD no es un producto para operar a largo plazo, ya que al tener liquidación diaria supone que cada día se abonan o se cargan los resultados del día en la cuenta de los clientes. Si hay un beneficio, está bien, pero si hay una pérdida, al tratarse de productos apalancados, puede disminuir rápidamente el saldo de la cuenta del cliente”, advierte Antonio Castelo, analista de iBroker.

Además, el experto comenta que ese es el principal problema de los productos apalancados y de liquidación diaria: “Los clientes no los entienden y los operan tal y como operarían productos al contado. Insistimos en que antes de operar un producto deben de conocerse bien todas sus características, como es su operativa y si se trata de un producto adecuado a nuestro perfil de riesgo y necesidades”, añade.

¿Qué dice la normativa de la CNMV?

La norma, realmente, no prohíbe como tal los CFDs en España. De hecho, se dictamina lo siguiente: “la Resolución no implica cambios en la forma en que los inversores minoristas pueden operar con CFD a través de las entidades de las que ya sean clientes, ni tampoco les impide abrir nuevas cuentas para operar con CFD, siempre que las entidades cumplan con todas las obligaciones normativas”.

Lo que ha hecho la CNMV es prohibir la publicidad de estos productos “las cuentas demo y webinarios y otros materiales con contenido formativo en CFD o que fomenten la inversión en este tipo de productos al ofrecerse de forma gratuita o a precio simbólico, no pueden realizar ninguna promoción”.

¿Qué hacen los brókeres?

Por este motivo, los brókeres quieren deshacerse de estos productos o limitar su oferta para poder realizar campañas publicitarias. De hecho, brókeres como eToro anunciaron que “las restricciones a las operaciones con CFD solo se aplican a los usuarios que se registraron en eToro a partir del 2 de agosto de 2024. Los clientes existentes que se unieron a la plataforma antes de esa fecha y han superado la prueba de idoneidad pueden operar y mantener CFD”, asegura Tali Salomon, directora regional de eToro para Latam e Iberia.

“En España las restricciones están relacionadas con la publicidad mientras que la comercialización de CFDs está permitida, por lo que los clientes existentes pueden seguir invirtiendo en tales productos”, afirman desde XTB.

¿Cómo afecta a los inversores que tienen CFDs?

Los brókeres, por su parte, están limitando la compra de productos a nuevos clientes y excluyéndolos de sus ciclos de formación, para cumplir con la regulación de la CNMV. A los inversores que ya tienen CFDs, esta normativa, en principio, no les debería afectar porque el producto no está prohibido.

Ahora bien, siempre que se opere, hay que tener en cuenta los riesgos de un producto tan delicado como es este. Según los brókeres consultados, el porcentaje de minoristas que poseen esta clase de activos es muy reducida en España. En XTB aseguran tener solo un 3%.

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