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Cláusulas suelo: otro engaño de la banca

La banca siempre gana. Las cláusulas suelo en las hipotecas son un ejemplo de por qué los bancos nunca pierden dinero en sus operaciones. En 2008, la crisis economía traía una buena noticia e insospechada para los millones de hipotecados a interés variable: el pago mensual de sus hipotecas se iba reducir considerablemente según se […]

Dirigentes Digital

30 oct 2015

La banca siempre gana. Las cláusulas suelo en las hipotecas son un ejemplo de por qué los bancos nunca pierden dinero en sus operaciones. En 2008, la crisis economía traía una buena noticia e insospechada para los millones de hipotecados a interés variable: el pago mensual de sus hipotecas se iba reducir considerablemente según se agravaba la situación.

El Banco Central Europeo se vio obligado a intervenir en 2008 en el precio del dinero con bajadas de tipos. Desde octubre de ese año no ha parado de bajar el tipo oficial del euro desde el 4,25% hasta prácticamente el cero. Esta decisión tenía una relación directa con la evolución del Euribor, el índice de referencia de tipo de interés de la mayoría de hipotecas en nuestro país, cayendo al mismo ritmo y abaratando los préstamos hipotecarios en las revisiones en cientos de euros.

Miles de ciudadanos se frotaban las manos esperando a que le llegara la hora de revisar sus hipotecas, pero la sorpresa llegaba cuando descubrían que la letra no se reducía como debiera derivarse de la caída del Euribor. Sus contratos hipotecarios establecían una cláusula que impedía que el tipo de referencia bajara de un mínimo. La mayoría de hipotecas afectadas por la cláusulas suelo establecía ese tope entre el 3% y el 3,5%.

El escándalo se destapaba a finales de 2009, cuando el BCE seguía bajando el precio del dinero y presionaba a la baja al Euribor. Según ha ido avanzando la crisis ha ido dejando miles y miles de afectados. La magnitud del mismo es comparable a la de las ventas de preferentes. Aunque no hay cifras oficiales, ni entidades ni Banco de España ofrecen datos, se calcula que puede haber alrededor de dos millones de personas afectadas. Adicae, una de las asociaciones más combativas contra los abusos de la banca, presentó en el Senado un extenso informe mostrando a sus señorías la gravedad del asunto. Los consumidores denunciaban que cada familia perjudicada puede pagar entre los 2.155 y los 4.276 euros al año por no beneficiarse de la caída de tipos para hi­po­tecas de entre 150.000 y 250.000 eu­ros. 

Pequeñas victorias de los afectados

Expertos del sector financiero calculan que los bancos españoles durante estos años han ingresado presuntamente de manera irregular 20.000 millones. Desde varios años atrás, los tribunales están dando la razón a los consumidores en sus demandas judiciales. Según distintas asociaciones, más del 90% de las sentencias declaran nulas la cláusula suelo en las hipotecas, y en la mayoría de los casos obligan a la entidad a resarcir al cliente.
 
Pero una sentencia del Tribunal Supremo de mayo 2013 frenó las compensaciones. BBVA recurrió una sentencia y consiguió que el alto tribunal no compensara a su cliente. Simplemente anulaba la aplicación de la cláusula, pero no obligaba al banco a devolver el sobreprecio.
 
Los analistas de Ahorro Corporación emitían esta semana un informe a sus clientes en el que decía que la cuantía ascendía 10.000 millones, el importe que había que tenía devolver la banca. Lo publicaba a raíz de que la Comisión Europea elevara la causa al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) al que añadía argumentos en un informe a favor de que la banca española devolviera íntegro los importes cobrados de más por la cláusulas suelo.
 
La posición del Ejecutivo comunitario no es de obligado cumplimiento pero sí puede ser determinante para el veredicto final del TJUE, lo que cambiaría totalmente el panorama para los afectados y la banca. Los consumidores han aplaudido esta semana la decisión. Fernando Herrero, secretario general de ADICAE, indica que los abogados de la Comisión comparten planteamiento que lleva defendiendo desde hace años la asociación, la devolución íntegra que limitaba la cláusula suelo.
 
La cantidad supondría un duro golpe para el sector, que lleva años asumiendo millonarias provisiones por el ladrillo e ingentes aumentos de capital para cumplir con las exigencias regulatorias, y ahora se enfrenta a un escenario complicado por la escasa rentabilidad de su negocio. "Si se tuvieran que devolver las cantidades cobradas indebidamente hasta mayo de 2013, es decir, sin retroactividad hasta el momento de firma de la hipoteca, la factura a pagar por la banca ascendería a unos 10.000 millones", destacan los expertos de Ahorro. 
 
Ambas cantidades supondría laminar los beneficios de este y los próximos años. Según las previsiones de los analistas, las ganancias netas de los bancos cotizados ascenderán este ejercicio hasta los 14.000 millones. Recuerdan que las entidades más expuestas a las cláusulas son Liberbank, Popular y Sabadell. Ahorro considera que el impacto para este año ascendería a 58 millones para Liberbank, de 130 millones para Popular y 165 millones para Banco Sabadell. En el cálculo del impacto global en las cuentas para las cotizadas con una retroactividad de años estima que ascendería a 3.678 millones.
 
Desde ADICAE, afirman que es muy difícil establecer cifras y en todo caso "habría que valorarla a la baja", explica Herrero, que apunta que se dan números escandaloso para que cale el argumento de que el sistema financiero estaría en riesgo de quiebra si la banca asumiera el importe íntegro de las cuotas desde la formalización de la hipoteca. Y recuerda que el propio
 
En las próximas semanas, acontecerá otro capítulo importante para ver quién gana la batalla entre la banca y consumidores. La justicia se tiene que pronunciar sobre la primera demanda colectiva por cláusulas suelo y donde se verá que tesis respalda la jueza, Ana María Gallego, titular de la sala de lo Mercantil número 11 de Madrid. Los afectados esperan que la magistrada se pronuncie antes de finalizar el año. ADICAE ha coordinado la demanda contra 31 entidades. La sentencia tendría una importancia capital hasta que se pronuncie el TJEU. La magistrada en el auto que declaraba el caso visto para sentencia le otorgaba carácter extensivo para todos los casos parecidos, apelando a que se trataba de una demanda de una asociación de consumidores.
 
Herrero apunta que el informe de la Comisión es un espaldarazo a la causa, ya que la jueza se podría sentir legitimada en sus argumentos jurídicos para exigir a la banca devuelva el importe íntegro, aunque no duda que la banca recurrirá a instancias superiores con los argumentos que utilizó el Tribunal Supremo para limitar la restitución de perjuicios provocados por las cláusulas suelo.

Una historia de confrontaciones

El Tribunal Supremo dictó hace unos meses que los afectados recuperarían el dinero si demostraban falta de información, pero solo desde mayo de 2013. Ahora, la Comisión Europea ha emitido un informe en el que aboga por la nulidad de las cláusulas suelo "desde el origen" y no solo desde la fecha dictada por el Tribunal Supremo.

¿Por qué existe un límite para la devolución de la cláusula suelo? ¿Por qué el Tribunal Supremo ha decidido que no exista retroactividad total en su decisión? Desde Triviño Abogados consideran que el organismo judicial tuvo que tomar la decisión sopesando dos aspectos claves: la necesidad de compatibilizar los intereses de los clientes y la viabilidad de nuestro sistema bancario (ante las grandes cantidades de dinero que los bancos tendrían que afrontar en devoluciones). Con el dictamen del Supremo, solo los intereses de algunos clientes se protegerán, pero todos los bancos ganan, ya que no tendrán que enfrentarse al coste íntegro que deberían pagar por implantar la cláusula suelo.

No todos los Tribunales y Audiencias Provinciales estuvieron contentos con la solución planteada por el Supremo y llevaron el caso al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Eduardo Triviño, director general de Triviño Abogados, se plantea si la limitación de la devolución al 9 de mayo de 2013 es compatible con la legislación comunitaria sobre nulidad de cláusulas abusivas, y su respuesta es no.

Pese a que el dictamen de la Unión no es vinculante y solo es una opinión de los servicios jurídicos de la Comisión, se trata de una opinión cualificada y fundada en las directivas de la Unión, que sí son normas vinculantes para los diferentes Estados. Triviño cree que la opinión europea será la que finalmente se adopte, por lo que los bancos tendrán que devolver íntegramente el dinero a los afectados sin límite de fecha.

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