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¿Cómo no pagar un recibo domiciliado con el que no estamos de acuerdo?

Tener domiciliadas en el banco las facturas de la luz, el agua, el móvil, etc., es un recurso que nos evita la molestia de tener que acordarnos de pagar por estos servicios cada mes. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando no estamos de acuerdo con el importe a pagar? Si consideramos que el proveedor ha incurrido […]

Dirigentes Digital

02 may 2015

Tener domiciliadas en el banco las facturas de la luz, el agua, el móvil, etc., es un recurso que nos evita la molestia de tener que acordarnos de pagar por estos servicios cada mes. Ahora bien, ¿qué ocurre cuando no estamos de acuerdo con el importe a pagar?

Si consideramos que el proveedor ha incurrido en un error o una mala práctica al emitir una factura, es posible "parar las máquinas" y devolverla. Pero hay que saber cómo hacerlo bien para evitar situaciones desagradables como que la compañía nos corte el servicio o que el banco nos cargue comisiones por descubierto en cuenta. A continuación, los pasos a seguir para no pagar estos recibos anómalos evitando consecuencias negativas.

1. Avisar a la entidad bancaria

Según el Banco de España,el cliente bancario tiene derecho a devolver un recibo procedente de otra empresa si no quiere pagarlo. "En principio, es necesario demostrar que la autorización de pago no incluía el importe exacto del recibo, o que la cantidad es mayor de lo esperado; sin embargo, puede acordar con el banco la posibilidad de devolver cualquier recibo, aunque no se cumplan estas condiciones. Sólo tiene que comunicárselo en un plazo máximo de ocho semanas", explica el supervisor.

En la práctica, si no queremos pagar un recibo, es tan fácil como comunicarle la decisión al banco. No suelen hacer preguntas ni comprobaciones, sobre todo si somos clientes con cierta antigüedad. Eso sí, todo es más fácil si avisamos dentro del mes en que recibimos la factura, y hemos de saber que si el recibo o pago en cuestión procede del propio banco (por ejemplo la cuota de un préstamo, el cargo de gastos o comisiones, etc.), no será posible devolverlo a no ser que se trate de un error del propio banco.

2. Tramitar una doble reclamación

Si al devolver el recibo no hemos aportado una justificación o si el proveedor puede demostrar que nos sigue proporcionando el servicio según lo acordado por contrato, podríamos encontrarnos con que la compañía en cuestión nos haya inscrito en una lista de morosos como RAI o ASNEF.

Para evitar esta situación u otras comoque nos corten el suministro del servicio, es necesario tramitar una doble reclamación: por un lado en la oficina de atención al cliente del proveedor y, justo después, en la Oficina del Consumidor. ¿Por qué este doble trámite? Porque la ley impide que el proveedor corte el servicio al clientecuando una reclamación está pendiente de resolución, tal como reza el artículo 57 bis del Decreto 13/2012.

Además, este mismo decreto explica que uno de los derechos del cliente es que en su contrato se especifiquen "los acuerdos de compensación y reembolso aplicables si no se cumplen los niveles de calidad contratados, incluida la facturación incorrecta y retrasada".

3. Estar atentos a la respuesta del proveedor

La respuesta de la compañía suele llegar en pocas semanas. De hecho, según el ya nombrado decreto, han de decirnos algo "preferiblemente en un plazo de tres meses". El comunicado llega normalmente por correo postal y puede ser de dos tipos: el que nos da la razón y nos explica cómo se compensará el error y el que nos ofrece otra propuesta de acuerdo.

Si se trata de esto segundo, nos parece que la propuesta no es justa y por tanto no queremos aceptarla, tendremos que seguir con los trámites. Para empezar, tendremos que comunicar el desacuerdo al proveedor. Llegados a este punto, es recomendable hacerlo por correo certificado para poder probar que la otra parte ha recibido nuestra respuesta o, aún mejor, presentarse en la oficina del proveedor con varias copias del comunicado y pedir que nos devuelvan una sellada. Después, nunca está de más llevar una copia de esta carta sellada a la Oficina del Consumidor.

Una vez tengamos una respuesta, positiva o negativa, aún podemos hacer dos cosas para aliviar nuestra situación: una, si tras la experiencia estamos decepcionados con el que hasta ahora ha sido nuestro proveedor y queremos que deje de serlo, tenemos derecho a comunicárselo y pedir al banco que deje de pagar recibos de esta empresa. Y dos, además de conseguir un proveedor con mejores servicios y precios, podemos abrir una cuenta bancaria con devolución de un porcentaje de los recibos, que supondrá un pequeño ahorro mensual añadido en nuestros gastos domésticos.
 

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