Desde el 1 de enero de 2015, la reforma fiscal emprendida por el Gobierno ha traído muchas novedades en los planes de pensiones. Ahora, de cara a la Declaración de la Renta, surgen numerosas dudas sobre cómo tributa nuestro plan de pensiones. En este caso, se debe hacer una clara diferenciación entre las aportaciones periódicas […]
Dirigentes Digital
| 30 abr 2015
Desde el 1 de enero de 2015, la reforma fiscal emprendida por el Gobierno ha traído muchas novedades en los planes de pensiones. Ahora, de cara a la Declaración de la Renta, surgen numerosas dudas sobre cómo tributa nuestro plan de pensiones. En este caso, se debe hacer una clara diferenciación entre las aportaciones periódicas y el rescate del plan.
Rescate del plan de pensiones
La primera novedad que trajo la reforma (y más importante para los ahorradores) es que se puede rescatar el dinero ahorrado en el plan a los diez años de su apertura, una opción que amplía las posibilidades de liquidez de estos instrumentos como ahorro finalista, tal y como apuntan desde Mapfre.
También existen varias formas de rescatar el plan: en forma de capital, de renta, mixta o en forma de renta asegurada. En cada uno de estos casos, la tributación cambia.
Según explica Mapfre, "pagas menos impuestos si las aportaciones realizadas antes del 31 de diciembre de 2006 las rescatas en forma de capital, es decir, en una sola vez. En este caso, te beneficias de una exención del 40% que se realiza sobre los derechos consolidados (aportaciones más rendimientos generados)".
En cambio, los expertos de la aseguradora explican que esta ventaja fiscal va a desaparecer y ahora mismo se encuentra en el periodo camino de la extinción. Si la contingencia de jubilación se produjo en 2010 o antes, hasta 2018 se podrá aplicar la reducción del 40% por las aportaciones realizadas antes de 2007. Para contingencias de jubilación acaecidas entre 2011 y 2014, disfrutarán de ocho ejercicios a contar desde el siguiente al momento de la jubilación.
En el caso que se decida rescatar en forma de renta, se considera como un rendimiento del trabajo y tributa igual que el IRPF, desde el 24,75% hasta el 52% en 2014.
Aportación al plan de pensiones
La nueva normativa sobre planes de pensiones incluida en la reforma fiscal incluye otro cambio fundamental. "El importe máximo a aportar cada año queda establecido en 8.000 euros para todos los partícipes, independientemente de su edad, en lugar de los 10.000 euros que había anteriormente para menores de 50 años y 12.500 euros a partir de esa edad", según apunta Luis Sáez de Jáuregui, director de Particulares y Profesionales de AXA.
Además, se propone aumentar de 2.000 a 2.500 euros la aportación que se puede realizar a favor del cónyuge, añade Jáuregui. A efectos prácticos, esto implicará que a la hora de hacer la declaración de la renta la base imponible del IRPF sólo se reduce 8.000 euros como mucho. Es decir, la ventaja fiscal continúa, pero en menor cuantía, afirman desde Mapfre.
El tercer cambio que afecta a los planes de pensiones, y uno de los más interesantes, es que bajan las comisiones mejorando las condiciones de rentabilidad para los partícipes. "La comisión de gestión pasa del 2 al 1,5%, mientras que la de depósito cambia del 0,5 al 0,25%. En resumen, la tasa máxima conjunta queda en el 1,75 por ciento", tal y como apuntan desde Mapfre.