El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad suspender cautelarmente la declaración de independencia aprobada el pasado viernes por el Parlament. Esta decisión será notificada personalmente a la presidenta de la cámara, Carme Forcadell, y a los demás miembros de la Mesa. También se informará de esta resolución a los miembros de la Mesa de la Diputación Permanente, debido a la disolución del Parlament […]
Dirigentes Digital
| 31 oct 2017
El Pleno del Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad suspender cautelarmente la declaración de independencia aprobada el pasado viernes por el Parlament. Esta decisión será notificada personalmente a la presidenta de la cámara, Carme Forcadell, y a los demás miembros de la Mesa. También se informará de esta resolución a los miembros de la Mesa de la Diputación Permanente, debido a la disolución del Parlament tras la convocatoria de elecciones anticipadas por parte del Gobierno central en aplicación del artículo 155 de la Constitución. Las notificaciones advertirán a Carme Forcadell y los miembros de la Mesa de que están obligados a “impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada”, advirtiéndoles de responsabilidades en las que incurrirían en caso contrario, incluidas las de tipo penal. Concretamente, se les instará a abstenerse “de iniciar, tramitar, informar o dictar, cualquier acuerdo o actuación que permita otorgar valor jurídico alguno a la declaración de independencia”. Con ello, buscan que no se dé cobertura a la comisión de investigación por el 1 de octubre y a la comisión parlamentaria de seguimiento del proceso constituyente. El Tribunal Constitucional responde al incidente de ejecución de sentencia presentado por el Gobierno, que estima que esa votación incumplía la nulidad que el propio Constitucional estableció sobre la Ley del Referéndum, además de la suspensión cautelar de la Ley de Transitoriedad. En aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, el tribunal suspende cautelarmente las dos resoluciones impugnadas, denominadas “Declaración de los representantes de Cataluña” y “Proceso constituyente”, con las que el Parlament catalán validó la declaración unilateral de independencia el pasado viernes. Además, el tribunal traslada a la Fiscalía y a la Diputación Permanente las peticiones de la Abogacía del Estado y les concede un plazo de 24 horas para que formulen las alegaciones oportunas.