En una sentencia del pasado 22 de mayo, el Tribunal Supremo rechaza el recurso de la compañía contra la sentencia de la Audiencia Nacional que a su vez confirmó la sanción impuesta a finales de 2012 por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, por aplicación de precios excesivos en servicios mayoristas. En la […]
Dirigentes Digital
| 01 jun 2015
En una sentencia del pasado 22 de mayo, el Tribunal Supremo rechaza el recurso de la compañía contra la sentencia de la Audiencia Nacional que a su vez confirmó la sanción impuesta a finales de 2012 por la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, por aplicación de precios excesivos en servicios mayoristas.
En la sentencia, que cuenta con el voto particular del magistrado José Díaz Delgado, el Supremo considera "completamente acertada" la decisión de la Audiencia y concluye que la empresa ha llevado a cabo prácticas restrictivas de la competencia.
La Sala de lo Contencioso Administrativo considera que las tres operadoras se encuentran en una posición de dominio en los mercados de servicios mayoristas de mensajes cortos.
La CNC, ahora dentro de la CNMC, multó en 2012 a Telefónica, Vodafone y Orange con 120 millones de euros por abusar de su posición en los mercados mayoristas relacionados con los mensajes cortos. De acuerdo con la resolución, la multa a Telefónica ascendía a 46,49 millones de euros, mientras que la multa de Vodafone y Orange era de 43,525 millones y 29,95 millones de euros, respectivamente.
La Dirección de Investigación de el regulador consideró entonces que estos operadores ejercían una posición de monopolio en los servicios de terminación de mensajes cortos en su propia red y los servicios de SMS estaban regulados, lo que supuso que estas compañías fijaron libremente los precios a unos niveles "muy elevados".