La exposición a renta variable será como mínimo del 75%, exclusivamente en empresas del sector de cuidados de la salud, de tecnología, de medios y de servicios de telecomunicaciones. Podrá invertir en el sector de cuidados de la salud hasta un máximo del 70%, en el de tecnología hasta un máximo del 30%, en el […]
Dirigentes Digital
| 11 nov 2014
La exposición a renta variable será como mínimo del 75%, exclusivamente en empresas del sector de cuidados de la salud, de tecnología, de medios y de servicios de telecomunicaciones. Podrá invertir en el sector de cuidados de la salud hasta un máximo del 70%, en el de tecnología hasta un máximo del 30%, en el de telecomunicaciones hasta un máximo del 15% y en el de medios hasta un máximo del 15%. No existirá límite en términos de distribución geográfica, ni capitalización, aunque invertirá preponderantemente en empresas de mediana y elevada capitalización.
El resto se invertirá en renta fija e instrumentos del mercado monetario negociados o no en mercados organizados, públicos o privados, principalmente de mercados de la OCDE, sin límite de calificación crediticia. La duración media de la cartera será inferior a siete años y podrá invertir en mercados emergentes hasta el 20%. Asimismo cabe destacar que no existe límite predefinido a la exposición en divisas distintas del euro.
Los interesados podrán invertir hasta un 10% del patrimonio en IIC financieras que sean activo apto, armonizadas o no, que sean o no del grupo de la Gestora, en coherencia con la política de inversión. La exposición máxima a riesgo de mercado a través de derivados es el importe del patrimonio neto. También se podrá invertir más del 35% del patrimonio en valores emitidos o avalados por un estado miembro de la Unión Europea, una Comunidad Autónoma, una entidad local, los organismos Internacionales de los que España sea miembro y estados con calificación de solvencia no inferior a la de España.
Aquellos que solicitasen este fondo de inversión podrán operar con derivados negociados en mercados organizados de derivados con la finalidad de cobertura y de inversión hasta un máximo conjunto del 10% en activos que podrían introducir un mayor riesgo que el resto de las inversiones, entre otros, por su liquidez, tipo de emisor o grado de protección al inversor. Esta participación es de acumulación, es decir, los rendimientos obtenidos son reinvertidos.
El partícipe podrá suscribir y reembolsar sus participaciones con una frecuencia diaria. No obstante, las órdenes cursadas a partir de las 14:00 horas o en un día inhábil se tramitarán junto con las realizadas al día siguiente hábil. Los comercializadores podrán fijar horas de corte anteriores a la indicada.
Desde Gesirius alertan que este fondo puede ser impropio para inversores que prevean retirar su dinero en un plazo de menos de cuatro años.
El depositario del del fondo es Rbc inverstor servicies España que pertenece al grupo Royal Bank of Canada. Por otro lado, la tributación de los rendimientos obtenidos por los partícipes dependerá de la legislación fiscal aplicable a su situación personal. Los rendimientos de los fondos de inversión tributan al 1% en el impuesto sobre Sociedades.