La CNMC explica que esta cifra es, "un umbral mínimo y conservador" ya que no se tienen en cuneta pérdidas de bienestar por ineficiencias productivas y dinámicas ni por un mayor tiempo de espera derivado de una menor disponibilidad de vehículos. El organismo, que en abril interpuso un contencioso administrativo tras la normativa aprobada por […]
Dirigentes Digital
| 09 jun 2016
La CNMC explica que esta cifra es, "un umbral mínimo y conservador" ya que no se tienen en cuneta pérdidas de bienestar por ineficiencias productivas y dinámicas ni por un mayor tiempo de espera derivado de una menor disponibilidad de vehículos.
El organismo, que en abril interpuso un contencioso administrativo tras la normativa aprobada por el Ministerio de Fomento, dice en su informe que, "su efecto es restringir la competencia en el transporte urbano de pasajeros y blindar el régimen de monopolio existente en la prestación de servicios de taxi".
La normativa establece un límite cuantitativo en el segmento de VTC y obliga a prestar el servicio en la modalidad de pre-contratación, prohibiendo su circulación por las vías públicas.
La CNMC considera que ninguna de estas restricciones está justificada desde la óptica de la competencia ni de la regulación económica eficiente, por lo que solicita que sean retiradas del marco normativo. El órgano de control ha recordado que sus requerimientos previos remitidos a principios del año al Consejo de Ministros y al Ministerio de Fomento "no fueron atendidos".
La opción económica alineada con el interés general es establecer un régimen de libertad de entrada y de precio en los mercados de transporte urbano de pasajeros en vehículo (taxi o VTC), con libre prestación del servicio en todo el territorio nacional.