La Cámara Baja sitúa la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales, tras su paso por el Senado, en la penúltima semana de octubre, lo que implica que las Cámara no podrán ser disueltas hasta completar esas fechas. Conforme a las previsiones legales, desde el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones generales […]
Dirigentes Digital
| 05 ago 2015
La Cámara Baja sitúa la aprobación definitiva de los Presupuestos Generales, tras su paso por el Senado, en la penúltima semana de octubre, lo que implica que las Cámara no podrán ser disueltas hasta completar esas fechas.
Conforme a las previsiones legales, desde el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones generales hasta la propia jornada electoral deben transcurrir 54 días, con lo que los primeros domingos posibles para celebrar las votaciones al Congreso y al Senado sería el 13 de diciembre, si se apretaran los plazos de aprobación del proyecto presupuestario, o bien ya el día 20 de ese mes.
Las elecciones generales de 2011 se celebraron un 20 de noviembre y la ley electoral, mientras no se cambie, establece que el decreto de convocatoria se ha de expedir como máximo 25 días antes de la expiración del mandato de las Cámaras y entrará en vigor al día siguiente, lo que, según la mayoría de los juristas, implicaría una fecha máxima del domingo 20 de diciembre.