Según el Código Penal, el fallecimiento extingue la responsabilidad penal de Rita Barberá. Aunque eso no significa que se archive por completo el caso Taula ni las pruebas que se investigan, así que el juicio continuará contra el resto de imputados, y se mantienen las pruebas sobre el posible delito de blanqueo por el que […]
Dirigentes Digital
| 23 nov 2016
Según el Código Penal, el fallecimiento extingue la responsabilidad penal de Rita Barberá. Aunque eso no significa que se archive por completo el caso Taula ni las pruebas que se investigan, así que el juicio continuará contra el resto de imputados, y se mantienen las pruebas sobre el posible delito de blanqueo por el que la senadora tuvo que declarar este lunes en el Tribunal Supremo en Madrid, después de un año de que el caso saltara a la palestra. Barberá negó en todo momento estar al tanto de la financiación de la campaña, en la que se sospecha que los imputados habrían blanqueado dinero. La exalcaldesa de Valencia afirmaba el lunes que los asuntos económicos durante la campaña no eran cosa suya sino del Comité de Campaña y que su misión entonces era “sacar votos” y no estar al tanto del dinero. Barberá sí reconoció, sin embargo, haber donado 1.000 euros al Partido Popular para financiar la campaña de las municipales del año 2015, pero negando en todo momento que se le devolviese esa cantidad mediante dos billetes de 500 euros e insiste en que desconoce que esa práctica se haya realizado. Tras ser citada como investigada (antes imputada), Barberá decidía abandonar el partido popular, pero conservando su puesto como senadora, hasta ahora en el Grupo Mixto.