Asimismo, este juez ha ordenado también la suspensión de la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones y/o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con esta compañía. Esta decisión sigue a la adoptada a principios de este mes, cuando el juez de lo Mercantil número […]
Dirigentes Digital
| 26 dic 2014
Asimismo, este juez ha ordenado también la suspensión de la transmisión, el alojamiento de datos, el acceso a las redes de telecomunicaciones y/o la prestación de cualquier otro servicio equivalente de intermediación en relación con esta compañía.
Esta decisión sigue a la adoptada a principios de este mes, cuando el juez de lo Mercantil número 2 de Madrid ordenó la prohibición en todo el territorio nacional de la aplicación. El juez consideró que de esta forma protege la legalidad vigente, sin entrar en si Uber y sus conductores suponen un caso de economía colaborativa. Concretamente, entonces prohibió la realización de cualquiera de estos servicios de transporte de viajeros bien sea a través de la app o de la página web. Además, ya ordenó a medios de pago que suspendan todas las operaciones de ingreso o pago con tarjeta de uso con Uber. También solicitó a las operadoras de telecomunicaciones que suspendieran la transmisión y el alojamiento de datos o la prestación de cualquier servicio a la empresa estadounidense.
En la parte dispositiva, el auto del juez ordenaba este cese, así como la prohibición de cualquier aplicación (‘app’) o de cualquier otro soporte o sistema tecnológico o informático para prestar el servicio de transporte de viajeros indicado en España. Además, señalaba que estas medidas se ejecutarían una vez que la parte solicitante prestara en el plazo de tres días siguientes a la notificación de la resolución la caución consistente en aval bancario de tiempo indefinido por importe de 10.000 euros y pagadero al primer requerimiento y se estimara suficiente por el Juzgado.