La nueva normativa fue aprobada con 578 votos a favor, 29 en contra y 52 abstenciones. Después de que los países acordaran en mayo la necesidad de aplicar una nueva normativa en la materia, la votación en el Parlamento permitirá que entre en vigor previsiblemente a finales de este año, a falta la aprobación final […]
Dirigentes Digital
| 08 oct 2015
La nueva normativa fue aprobada con 578 votos a favor, 29 en contra y 52 abstenciones. Después de que los países acordaran en mayo la necesidad de aplicar una nueva normativa en la materia, la votación en el Parlamento permitirá que entre en vigor previsiblemente a finales de este año, a falta la aprobación final por el Consejo Europeo. A partir de entonces los Estados dispondrán de dos años para adaptar la nueva normativa europea a su legislación nacional.
Esta nueva norma ofrecerá nuevas oportunidades para la innovación, ya que se podrán desarrollar nuevas tecnologías que fomenten la seguridad, mejoren la protección de datos y la autenticación, así como la creación de nuevos servicios de pago alternativo a través del teléfono móvil.
El eurodiputado italiano Antonio Tajani, del Partido Popular Europeo, fue el encargado de gestionar la tramitación del texto en la Eurocámara. Según señaló en su intervención, "el mercado europeo de servicios de pago sigue fragmentado y con costes elevados, de en torno a 130.000 millones de euros anuales, equivalentes a más del 1% del PIB comunitario".
Ha sido en base a este "elevado gasto" que la Unión Europea en su conjunto busca nuevas alternativas que la permitan ser competitiva a un nivel mundial. "El nuevo marco regulatorio reducirá los costes, mejorará la seguridad y facilitará la entrada de nuevos competidores y la implantación de nuevos métodos de pago a distancia", explicó Tajani.
El proyecto de Directiva incorpora y deroga una Directiva en vigor sobre servicios de pago (la Directiva 2007/64/CE), que sentaba la base jurídica de la creación de un mercado único de pagos en toda la UE. La Directiva reformada adapta las normas en vigor a los servicios de pago emergentes e innovadores, incluidos los pagos por Internet y dispositivos móviles. Crea también un marco más armonizado y eficaz para la supervisión por parte de las autoridades nacionales competentes. La adaptación se hacía necesaria porque desde 2007 la evolución de los métodos de pago ha ido evolucionando hacia el comercio electrónico.
Con la nueva normativa, un usuario podrá autorizar a uno de los nuevos operadores -redes como SOFORT en España, Reino Unido, Suiza o Alemania, Ideal en los Países Bajos o Trustly en los países escandinavos- a usar sus datos bancarios para efectuar pagos desde su cuenta. Esto significa que quien tenga una cuenta bancaria en Internet podrá utilizar también aplicaciones que le proporcione otro operador. El banco podrá negar el acceso a la cuenta de un cliente a un operador si tiene razones justificadas para hacerlo, pero para ello previamente tendría que haber advertido al organismo supervisor, de forma que los bancos no podrán bloquear el acceso a nuevos operadores en el mercado.
"Los proveedores de servicios de pagos, por su parte, tendrán que utilizar sistemas de autenticación del usuario para reducir el riesgo de fraude. Deberán garantizar que los datos personales circulan exclusivamente por canales seguros y compartirlos sólo si cuentan con el consentimiento del usuario", explicó el Parlamento en una nota.
En cuanto al cobro de comisiones, éstas no podrán rebasar los costes directos, quedando prohibidas las comisiones adicionales por el uso de tarjetas de crédito o débito para el pago. Y en el caso de que un pago no fuese autorizado desde la cuenta de un usuario, "éste perderá un máximo de 50 euros si el instrumento de pago se extravió, fue robado o mal utilizado". Pero el operador estará obligado a investigar o evitar el fraude. Si después de ser advertido del mismo no verifica la identidad en caso necesario, se le podría considerar responsable de las pérdidas del cliente y tendría que compensarle.