La banca pagará por los DTA

El pasado mes de abril volvía la pesadilla del rescate financiero de la banca. La Comisión Europea abría una investigación sobre posibles ayudas ilegales a la banca de Italia, España, Grecia y Portugal sobre los activos fiscales diferidos (DTA por sus siglas en inglés). Durante 2012 y 2013, el sector generó millones y millones de activos fiscales por las pérdidas registradas y las fuertes provisiones que realizaron. El Gobierno a finales de 2013 avaló con dinero público los DTA para reforzar la solvencia de la banca. De esta manera, la banca se podía contabilizar los créditos fiscales como capital de máxima calidad.
 
Ya hubo dudas si el BCE iba calcularlos como tal en las pruebas de resistencia. Ya que los bancos españoles lo presentaban como un tipo de activo en balance, pero no se iban a materializar hasta un futuro para compensar las pérdidas registradas. Se trata de más de 40.000 millones en balance, sin ellos buena parte de los bancos españoles no hubieran aprobado las pruebas de solvencia y hubieran requerido de nuevas inyecciones de liquidez.
 
Tras el toque de atención de la Comisión Europea, el Gobierno ha optado por normalizar los DTA para que no den problemas a largo plazo como nueva exigencia de capital. El Ministerio de Economía y el de Hacienda han reconocido en una nota de prensa que la nueva normativa ha recibido el visto bueno de la Comisión y el Banco de España. 
 
El Ejecutivo reformará el Impuesto de Sociedades, que se tramitará como una enmienda en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016. Según el Gobierno, se elimina cualquier incertidumbre sobre la compatibilidad del tratamiento tributario de los DTA en España con la legislación comunitaria y se asegura la estabilidad del cálculo del capital regulatorio que las entidades financieras españolas mantienen en la actualidad.
 
Los DTA generados antes del 1 de enero de 2016, que estuvieran cubiertos por la garantía recogida en el Real Decreto de 2013 se mantendrán en el futuro, pero si los beneficiarios de la garantía hubieran pagado menos impuestos entre los años 2008 y 2015 que el valor de esos DTA garantizados, deberán abonar una prestación patrimonial anual en favor del Estado del 1,5 % de la diferencia entre ambos importes. Además, se pone más difícil que las entidades sigan generando nuevos DTA garantizados por el Estado si en los últimos años no se han tributado por ellos.
 

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