Telefónica ha sido sancionada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). La razón que argumenta el regulador es que la ‘teleco’ española ha incumplico "de modo continuado las sucesivas resoluciones de revisión de la Oferta de Referencia de Líneas Alquiladas Terminales de Telefónica (ORLA)".
Y es que la CNMC considera probado que, entre octubre de 2010 y febrero de 2015, Telefónica no cumplió la regulación vigente en materia de alquiler a sus rivales de las conexiones de banda ancha de "última milla".
Según explica el comunicado emitido por la CNMC, en la ORLA se regulan las condiciones de contratación de las líneas alquiladas de Telefónica, servicio mayorista que usan los operadores principalmente para conectar, con un ancho de banda garantizado y simétrico, sus redes troncales con el domicilio final de sus clientes empresariales o conectar las estaciones base de telefonía móvil.
"Los circuitos alquilados son una infraestructura de red fundamental para que los operadores alternativos puedan ofrecer servicios de banda ancha de alta capacidad a las empresas (grandes corporaciones, PYMES o autónomos)", añade.
El regulador ha constatado, entre otras, "prácticas como la aplicación de sobrecostes en situaciones no reguladas, cláusulas de permanencia y plazos de comunicación o de entrega superiores a los establecidos en las ofertas reguladas".
Con éstas prácticas, operadores como BT, Vodafone y Jazztel se vieron afectados. "Se ha demostrado, además, que la conducta infractora de Telefónica ha tenido evidentes efectos negativos para estos operadores y sus clientes empresariales, puesto que tuvieron que cancelar un porcentaje importante de solicitudes de provisión de este servicio mayorista o soportar la aplicación de condiciones distintas a las reguladas", según señala la CNMC.
Por otra parte, Telefónica no tendrá opción de presentar un recurso en vía administrativa, por lo que si quiere reclamar tendrá que hacerlo por la vía contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación.
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