Esta es sin duda una muy buena noticia para la Industria cinematográfica y audiovisual en general, ya que la deducción por innovación se extiende al sector de la animación y los videojuegos. Las tareas de diseño y animación, hasta ahora no consideradas innovadoras y deducibles, podrán serlo en todas las fases del desarrollo de cualquier material audiovisual (videojuego, película, etc.), lo que supondrá una reducción en el impuesto de sociedades de un 12% de los gastos efectuados en el período impositivo, directamente relacionados con estas actividades, que se apliquen efectivamente a su realización y consten específicamente individualizados por proyectos.
Hasta ahora, el desarrollo de videojuegos no era considerado innovador como tal, salvo que la empresa hubiese desarrollado algún nuevo sistema interactivo con el jugador, algún nuevo motor de juego tecnológicamente diferente y novedoso, etc.
Con estos nuevos cambios, y a falta de conocer más detalles, las empresas que desarrollan videojuegos o material audiovisual, como por ejemplo películas o series de animación, podrán deducirse por las actividades relacionadas con el diseño y desarrollo de sus prototipos o pilotos.
Asimismo, en la Reforma Fiscal, el Impuesto sobre Sociedades incorpora una bajada de tributación y medidas para fomentar la competitividad de las empresas y simplificación de deducciones. Con el objetivo de consolidar la aproximación de la fiscalidad de las empresas a los países del entorno, el tipo de gravamen general se reducirá desde el 30% al 28% en 2015, y al 25% en 2016.
Las Pymes, tendrán además acceso a una nueva reserva de nivelación. Se trata de una minoración del 10% de la base imponible con un límite de un millón de euros. La cantidad se compensará con bases imponibles negativas en un plazo de cinco años. Se mantiene además el régimen especial de entidades de reducida dimensión, que ofrece otros beneficios a las pymes como la libertad de amortización.
El nuevo Impuesto sobre Sociedades ofrece una reordenación de deducciones, manteniendo las de por creación de empleo y potenciando la de I+D+i. Al mismo tiempo, se amplía la base imponible del impuesto para acercar el tipo efectivo al tipo nominal.
Para mantener la recaudación en 2015, se prorrogan para ese ejercicio las medidas temporales en vigor que afectan fundamentalmente a las grandes empresas. Por otro lado, se equipara el trato fiscal de participaciones de entidades residentes y no residentes para adecuarlo al tratamiento internacional.
La reforma fiscal introduce también nuevos incentivos fiscales para actividades muy determinadas, que ayuden al crecimiento económico y al cambio de modelo productivo. Es el caso de las actividades industriales, para mejorar la competitividad de los procesos productivos intensivos en electricidad, se amplía la exención parcial del Impuesto de Electricidad a todos los procesos en los que el coste de la electricidad supere el 50% del coste de producción.
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