Los tipos penales económicos que más se utilizaron en 2015 fueron la estafa y la apropiación indebida, tanto en número de sentencias como de condenas, según las últimas estadísticas del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). En concreto, se dictaron un total de 5.169 fallos en relación al delito de estafa y 2.316 sobre apropiación indebida. Las condenas por el primero ascendieron a 6.904, mientras que por el segundo a 2.702, sobre el total de 74.790 anotadas en este grupo. La cifra está muy por encima a la de otros tipos penales relacionados como el blanqueo de capitales, donde la cifra de sentencias fue de 64 y el número de condenados de 2.733, o de delitos contra la propiedad industrial, con 304 sentencias. El delito de estafa está recogido entre el artículo 248 y el 251 del Código Penal. El tipo básico alude a los que, con ánimo de lucro, utilicen «engaño bastante» para conseguir la transferencia no consentida de cualquier activo patrimonial o induzcan a realizar cualquier otro acto de disposición en perjuicio propio o ajeno. El código prevé además el uso de programas informáticos específicamente destinados a este objetivo o el uso de tarjetas de créditos o datos vinculados a ellas. La penalidad básica es de seis meses a tres años, en función del importe defraudado, el perjuicio causado y los medios empleados para ello. El delito de apropiación indebida se encuentra en el artículo 252 del código y recoge las mismas penas que la estafa pero hace referencia a los que, teniendo facultades para administrar un patrimonio ajeno, las infrinjan excediéndose en el ejercicio de las mismas y causen un perjuicio en el patrimonio administrado. Los delitos penales económicos constituyeron el 21% del total de sentencias dictadas durante ese ejercicio, hasta 51.320, lo que supone un 5,6% más que en 2014. En relación a los últimos años, el número de fallos en torno a estas acciones se incrementó en un 39%, desde las 36.924 de 2011.
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